Reunión del Consell Executiu Europa Press
El TSJC recuerda al Govern que debe exhibir la bandera de España en actos oficiales y en el interior de la Generalitat
Da la razón a Impulso Ciudadano, pero desestima las peticiones de la entidad por falta de mayores pruebas
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) le recuerda al Govern que debe exhibir la bandera de España en actos oficiales y espacios institucionales de la Generalitat.
La sentencia, dictada el pasado 24 de mayo, responde al recurso impulsado por Impulso Ciudadano sobre la presencia de la enseña nacional en el interior del Palau de la Generalitat.
Recurso anunciado
La resolución desestima parcialmente el recurso al considerar insuficiente parte de la prueba aportada por la entidad. Sin embargo, el fallo incorpora varias consideraciones jurídicas que, según la asociación, refuerzan el fondo de sus reclamaciones.
El tribunal reconoce expresamente que la bandera española debe estar presente tanto en el interior del Palau como en los actos oficiales organizados por la presidencia de la Generalitat. La sentencia fundamenta esta obligación en el artículo 4.2 de la Constitución y en la Ley 39/1981 sobre el uso de banderas oficiales.
Además, el TSJC identifica como “lugar institucional preferente” del Palau el espacio donde se reúne el Consell Executiu, al entender que representa la máxima expresión institucional del Govern.
Lugar preferente
Esa consideración tiene consecuencias directas, según sostiene Impulso Ciudadano, ya que implicaría la obligación de exhibir conjuntamente la bandera de España y la senyera en la sala de reuniones del Ejecutivo catalán, en condiciones de igualdad.
A raíz de la sentencia, la entidad ha reclamado al presidente de la Generalitat que coloque de forma permanente una bandera española “de tamaño reglamentario y en lugar de honor” junto a la bandera catalana ya existente. Afirma que, por ahora, solo lo hace para recibir al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, dándole un tratamiento “parecido” al que se da a una “autoridad extranjera o regional”.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez (i), y el expresidente de la Generalitat Pere Aragonès (d) durante una reunión en el Palau de la Generalitat, a 24 de julio de 2024 Europa Press
Críticas jurídicas
Impulso Ciudadano también cuestiona algunos aspectos del fallo. En concreto, considera que el tribunal aplica un criterio “excesivamente rígido” respecto a la prueba de hechos públicos, como comparecencias institucionales o ruedas de prensa celebradas en dependencias oficiales del Palau.
La asociación lamenta además que la resolución no entre de lleno en una de las cuestiones centrales de la demanda: si la presencia de la bandera catalana en interiores y actos oficiales obliga legalmente a exhibir también la bandera española.
Camino del Supremo
Por este motivo, la entidad prepara un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. El objetivo es que el alto tribunal delimite el alcance de la obligación de exhibición conjunta de banderas oficiales y aclare el concepto de “lugar preferente” dentro de edificios públicos.
El recurso también buscará que el Supremo determine si las comunidades autónomas están obligadas a exhibir la bandera española en todos los actos oficiales organizados por sus Gobiernos.
El presidente de la Generalitat, Salvador Illa, y el presidente de ERC, Oriol Junqueras, firman el acuerdo de presupuestos de la Generalitat para 2026 Europa Press
Defensa constitucional
Impulso Ciudadano defiende que la bandera española “simboliza la soberanía nacional” y representa al conjunto de los ciudadanos, incluidos los catalanes.
La entidad sostiene que su presencia en instituciones públicas “no constituye una opción política o ideológica”, sino una exigencia legal derivada de la Constitución.
La asociación ha anunciado que continuará actuando “por vías cívicas y jurídicas” en defensa de la neutralidad institucional y del cumplimiento de la legalidad en las administraciones públicas.