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El Tribunal de Cuentas condena a De Alfonso a devolver la mitad de lo reclamado por Antifrau

El juez tendrá que restituir a la OAC 82.341 de los 205.000 euros reclamados, un importe cobrado de forma indebida durante su etapa como director de la oficina

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El Tribunal de Cuentas ha decidido que el juez Daniel de Alfonso debe devolver a la Oficina Antifraude de Cataluña 82.341 euros que cobró de forma indebida cuando era director de la entidad. Esta cantidad supone menos de la mitad de los 205.000 euros que Antifraude y la Fiscalía reclamaban, ya que el resto no puede exigirse legalmente porque el plazo para reclamarlo ha caducado.

La demora en la resolución no es culpa de los denunciantes, que presentaron la demanda en 2018, y la decisión --que aún no es firme-- permite a De Alfonso presentar un recurso ante los tribunales contencioso-administrativos.

Daniel de Alfonso dirigió la Oficina Antifraude de Cataluña (OAC) desde septiembre de 2011 hasta junio de 2016, cuando el Parlament lo destituyó.

La decisión se produjo tras detectarse irregularidades contables en su gestión y difundirse polémicos audios con el entonces ministro Jorge Fernández Díaz, en los que se planteaban investigaciones dirigidas a los partidos independentistas que promovían el procés.

Cálculo incorrecto de los trienios 

Durante su mandato, el magistrado incurrió en una gestión negligente de fondos públicos, efectuando pagos irregulares que generaron un perjuicio a Antifraude de 82.341,27 euros, según la sentencia consultada.

Entre las irregularidades, De Alfonso cobró siete trienios de su carrera judicial anterior aplicando un cálculo superior al legal, con un beneficio indebido de 71.363 euros.

La condena se centró en los pagos de 2013 a 2014, ya que los anteriores estaban prescritos y los posteriores se justificaron por un cambio normativo.

Resolución ilegal

Además, en 2012 dictó de manera indebida una resolución que reconocía antigüedad y trienios al jefe del área de administración, Josep María Sangenís, por servicios prestados en la sociedad mercantil pública Saicar.

El Tribunal determinó que este reconocimiento era ilegal, porque Saicar estaba sujeta a derecho privado y la antigüedad no podía computarse. La condena se limitó a los pagos realizados entre abril y agosto de 2013, que no pudieron reclamarse por prescripción.

Más trienios

De igual manera, De Alfonso otorgó trienios irregulares a la directora adjunta, Maite Masià. El primer trienio (2014) se concedió basándose en una supuesta “excedencia forzosa” que los tribunales declararon inexistente, mientras que el segundo (2015) se fijó según la cuantía de un funcionario público.

Esto último se dio a pesar de que Masià nunca tuvo esa condición. La responsabilidad contable por estos pagos ascendió a 6.317,17 euros.

Culpa

La sentencia consideró que estas acciones son "gravemente negligentes" y no simples errores por desconocimiento contable. El Tribunal subrayó que De Alfonso descuidó completamente sus responsabilidades en la gestión de los fondos y aplicó mal las normas legales sobre antigüedad y trienios.

Como tenía formación jurídica suficiente, podía haber comprobado si sus decisiones eran legales, y no hacerlo se considera una falta grave.