Dos agentes de Mossos d'Esquadra detienen a un hombre

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Política

El TSJC ordena a la Generalitat pagar la nocturnidad de los Mossos durante sus vacaciones

El tribunal da la razón a una agente y sentencia que el plus es "de carácter fijo y periódico"; además, considera que la interpretación del convenio por parte de la 'conselleria' de Interior "no sería ajustada a derecho"

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Ricard López
Publicada

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha reconocido por primera vez en una sentencia que la conselleria de Interior de la Generalitat debe pagar el complemento de nocturnidad durante las vacaciones a los agentes de Mossos d'Esquadra que cubran turnos rotatorios.

La sala contenciosa del alto tribunal desestima en su sentencia un recurso de dicha conselleria y, según Efe, avala una sentencia de primera instancia que ordenaba pagar la nocturnidad a una agente de la policía catalana que llevó el caso a la justicia.

Un plus "fijo"

El TSJC concluye que el plus de nocturnidad es "de carácter fijo y periódico", lo que deberá "tener un reflejo en las nóminas futuras de los Mossos d'Esquadra", ya que la interpretación que la conselleria de Interior de la Generalitat de Cataluña hacía del convenio "no sería ajustada a derecho".

Según la sentencia, que no es firme, desde el momento en que ese complemento es "inherente" al colectivo de Mossos de seguridad ciudadana, en el que de forma rotatoria se prestan servicios de nocturnidad de acuerdo con sus cuadrantes, "no es dable la práctica de la administración" de pagar el complemento sólo a quienes lleven a cabo esos turnos de forma efectiva.

Parte de la "retribución ordinaria"

El tribunal se remite a sentencias del Tribunal Supremo sobre esta materia y da así la razón a la demandante -representada por la abogada Sandra Melgar en nombre del Sindicat de Policies de Catalunya (SPC)-. Asimismo, sostiene que la retribución de las vacaciones debe calcularse de acuerdo con el salario "normal del trabajador".

Según el TSJC, la retribución de los turnos rotatorios "no puede ser vinculada exclusivamente al servicio efectivamente prestado en tal condición sino que, en atención a su habitualidad, debe entenderse como integrante de su retribución ordinaria".

El sindicato SPC ha celebrado la sentencia, al ser "un precedente fundamental en la defensa de los derechos laborales de los policías que trabajan en turnos rotatorios", y abre la puerta a futuras reclamaciones.