El abogado del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, Gonzalo Boye, compareciedo ante la comisión del Senado sobre la proposición de ley de amnistía del 'procés', en abril de 2024

El abogado del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, Gonzalo Boye, compareciedo ante la comisión del Senado sobre la proposición de ley de amnistía del 'procés', en abril de 2024 Gustavo Valiente - Europa Press

Política

Fiscalía subraya que Boye hizo una "simulación total" de documentos oficiales para recuperar dinero del narco Sito Miñanco

El fiscal pide casi diez años de cárcel para el abogado del prófugo Carles Puigdemont por un presunto intento de blanquear capitales del narcotraficante gallego

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El fiscal antidroga a cargo de la acusación contra el narcotraficante José Ramón Prado Bugallo -alias Sito Miñanco- y contra el letrado Gonzalo Boye ha incidido este miércoles en que este abogado hizo una "simulación total" de unos contratos "para inducir a error a los funcionarios de la Secretaría del Tesoro y obtener una decisión favorable", con el objetivo de recuperar parte de los casi 900.000 euros incautados en 2017 en Barajas a presuntos correos humanos de la organización criminal.

"(Buscaba) conseguir, en definitiva, una decisión favorable y la recuperación de los activos del narcotráfico con esta apariencia de legalidad en el origen de ese dinero" incautado, ha explicado en su informe el fiscal durante el juicio que se celebra en la Audiencia Nacional.

Le piden casi 10 años de cárcel por blanqueo

El Ministerio Público solicita para Boye -que, a su vez, es abogado del prófugo Carles Puigdemont y otros dirigentes del procés secesionista- una pena de 9 años y 9 meses de cárcel por blanqueo de dinero procedente del narcotráfico y falsedad en documento mercantil.

El fiscal ha señalado que "los contratos de préstamo cambiario que acompañan a las primeras alegaciones del expediente", y con los que Boye habría buscado recuperar el dinero para Sito Miñanco, "son inexistentes", y "se crearon ad hoc en una maniobra absolutamente mendaz en su totalidad, carente de finalidad mercantil y ausente de todo beneficio". "No existen, en la tesis de esta acusación pública, esos contratos. Es una simulación total", ha apostillado.

Conversaciones de Whatsapp

Además, ha añadido que cuando se confecciona un documento que, en todo caso, recoge un acto "inexistente" con relevancia jurídica para terceros o se incorpora a un expediente oficial, como es el caso, "aunque no se induzca a error total, porque la Secretaría de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac) no fue engañada finalmente, la mendacidad potencial constituye un hecho delictivo, porque es suficiente un mero perjuicio potencial".

En este sentido, ha señalado, además, que las conversaciones de Whatsapp intervenidas a Boye fueron relevantes para determinar cómo se fraguó el intento de blanqueo del dinero incautado en Barajas.

Boye intenta anular la causa por el registro de su despacho

Por otro lado, ha combatido el intento de la defensa de Boye de anular la causa por las presuntas irregularidades en el registro de su despacho profesional, y ha apuntado que en esa entrada "se intervenía documentación relativa al delito de blanqueo de capitales".

"Se intervenía, se copiaba, se clonaba y se expurgaba continuamente por la autoridad judicial. Ninguno de los documentos que obran en los distintos informes de análisis policial son otros que los que autorizó expresamente la autoridad judicial. No se recabaron ninguno otro ni se manejaron ninguno otro", ha apuntado.

Defensa de la labor policial

Asimismo, ha insistido en que el informe jurídico de blanqueo que usa la defensa de Boye para denunciar que los investigadores se llevaron documentación relativa a su defensa, "no consta analizado ni consta meramente indicado tampoco en ninguno de los informes policiales".

El fiscal ha incidido en que la Policía actuó con "exquisitez" en el tratamiento de los datos personales y profesionales que podían derivarse de los hallazgos en el despacho de Boye, y ha recordado que se abrió "pieza reservada secreta que durante más de un año sólo estuvo disponible para la autoridad judicial".

Por otro lado, ha sostenido que, al igual que pasa con el delito de tráfico de drogas, quien ostentaba "la jefatura en la dirección de la organización para el blanqueo de capitales" era Prado Bugallo.

"Son innumerables las diligencias de sonorización, comunicación, informes policiales, efectos, hallazgos e informes de desprecinto que apuntan a sus labores de dirección, coordinación y supervisión continua", ha indicado para sumar que también dirigió las acciones relacionadas con el delito continuado de falsedad en documento oficial.

Valida la confesión del testigo

En este sentido, ha validado completamente la declaración del encausado Manuel Puentes Saavedra, quien apuntó durante el juicio que el dinero intervenido en Barajas era de Sito Miñanco y que Boye armó la estrategia para recuperarlo -algo que este último niega-, y ha señalado que el cambio de su versión realizada en 2019 "corrobora algunos extremos de la propia investigación".

Ha recordado que Puentes Saavedra confesó que "el dinero se lo había entregado a él Luis Enrique García Arango" -otro encausado y persona de confianza del narco gallego- y que con el objeto de recuperarlo se reunió en el despacho de Gonzalo Boye con el propio García Arango.

Al hilo, ha recordado que ese encausado apuntó que Boye "sería quien habría confeccionado los contratos de compraventa, tomando en consideración la documentación aportada e instruyendo a Manuel González Rubio ('El Viejito') -otro de los acusados que iba a mover el dinero incautado a Colombia- para que lo firmara".

En este sentido, ha subrayado el fiscal que el testimonio de Puentes Saavedra fue sometido a contradicción, "no fue parcial y no fue debilitado". Además, ha apostillado que "no concurren circunstancias claras de animadversión o espurias hacia nadie de los acusados", y que si bien delata a la organización, el delator en el ordenamiento legal no es "una figura extraña".

Así, ha recordado que el Código Penal establece la posibilidad de imponer la pena inferior a aquellos acusados que hayan colaborado activamente con las autoridades en el esclarecimiento de hechos relacionados con el narcotráfico, y ha avanzado que solicitará al tribunal que valore su declaración par ver "si tiene alguna utilidad para la investigación", y que por tanto "aplique la decisión final que tenga por bien aplicar".

Además, ha apostillado que, en contra de lo que sostienen las defensas, no es creíble que la Policía fuera a ver a Puentes Saavedra a la cárcel sin autorización judicial para ofrecerle un trato con el objetivo de que cambiara su declaración a cambio de evitar su extradición a Colombia.

Y ha indicado que González Rubio, quien mantiene ser el propietario real del dinero incautado, "no ha acreditado el origen de los fondos que fueron hallados en su mochila de mano, ni en las maletas que había facturado".