Un juez de Vilanova i la Geltrú ha decidido llevar la Ley de Amnistía del procés ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) al considerar que su "finalidad principal" fue que el PSOE obtuviera los votos de Junts per Catalunya y ERC para que Pedro Sánchez fuera investido presidente del Gobierno en 2023.
El magistrado destaca que conceder la impunidad a los encausados por el proceso secesionista catalán de 2017 y años posteriores "discrimina" a quienes pudieran haber cometido los mismos delitos por otras motivaciones que no fueran esa causa política.
El auto del juez en sustitución en el juzgado penal número 3 de Vilanova, Javier Alonso, acuerda así presentar una cuestión prejudicial para que el TJUE dictamine si se ajusta al derecho de europeo que los políticos "pacten amnistiarse a sí mismos los delitos" cuando ello "sea necesario para alcanzar mayorías parlamentarias coyunturales".
Lazo amarillo en una mesa electoral
El magistrado ha decidido elevar la amnistía al TJUE antes de decidir si le aplica la impunidad al vocal de una mesa electoral en las elecciones generales de noviembre de 2019, acusado de desobediencia por negarse a quitarse del pecho un lazo amarillo en apoyo a los encausados por el procés.
Al entrar en vigor la amnistía, la defensa del acusado pidió que se archivara el caso, sin oposición de la Fiscalía.
Auto no recurrible
El juez, no obstante, ha decidido llevar el caso a la justicia europea a causa de sus "dudas" sobre la compatibilidad de la ley de impunidad con el derecho de la Unión Europea.
En su auto, no recurrible, el juez explica que, a diferencia de las "escasas" veces que otros magistrados llevaron la amnistía ante el TJUE, en su caso no se centra en si un delito puede ser perdonado -por ejemplo, la malversación-, sino en la génesis y aprobación de la norma, por lo que cree que la resolución podría tener consecuencias sobre la viabilidad o no de la aplicación de la ley.
"Dudas fundadas" del Supremo sobre le ley
A juicio del magistrado, el preámbulo de la Ley de Amnistía, según el cual ésta pretende "garantizar la convivencia dentro del Estado de Derecho, y generar un contexto social, político e institucional que fomente la estabilidad económica y el progreso cultural y social tanto de Cataluña como del conjunto de España", no contiene una "finalidad u objetivo concreto", sino "mera retórica".
Asimismo, recuerda que el Tribunal Supremo ya expresó "dudas fundadas" acerca del fin "realmente" perseguido por ley de impunidad.
Votos a la investidura cambio de impunidad
El juez apunta que, aunque se admitiese ese objetivo genérico del preámbulo de la ley, no impediría concluir que su "finalidad principal" fue, sin perjuicio de otras posibles, "la obtención de los votos de los parlamentarios de varios partidos políticos para la investidura presidencial del candidato de otro partido político".
"Así, el objetivo principal de la Ley no serviría básicamente al interés general, sino al interés individual (se considere éste como de persona jurídica -partido político- o como de persona física -candidato del partido político-)", añade.
El juez recuerda que la Ley de Amnistía se originó en los pactos entre el PSOE, ERC y Junts a cambio de los votos de estos dos últimos partidos secesionistas a favor de la investidura del actual presidente del Gobierno, el socialista Pedro Sánchez.
"Abuso de derecho"
El magistrado recuerda en su escrito que, "tras esos pactos, se registró en el Congreso de los Diputados la proposición de Ley de Amnistía por el grupo parlamentario socialista y se aprobaron la investidura presidencial de ese candidato y la Ley de Amnistía, lo cual afectaría los citados valores del Estado de Derecho, valor justicia y prohibición del abuso de derecho, poniendo en riesgo el Estado de Derecho"..
El juez cree que la ley de amnistía podría resultar "incompatible" con las disposiciones de derecho de la UE que establecen los principios de igualdad y no discriminación, sino también con las que fijan los valores del Estado de Derecho, en especial los principios de separación de poderes y de legalidad.
Nueve preguntas al TJUE
Por todo ello, el magistrado plantea nueve preguntas al TJUE. Entre ellas, si es contrario al derecho comunitario aprobar una Ley de Amnistía "en cuyo pacto político y votación parlamentaria intervinieron partidos políticos que con sus líderes u otros miembros podían directamente beneficiarse de la misma".
El juez apunta que la ley puede ser, además, incompatible con el derecho de la UE al limitar su ámbito de aplicación a actos ejecutados en el marco "ideológico-político" del proceso secesionista de Cataluña.
Una ley que "discrimina"
A su juicio, la Ley de Amnistía "discrimina, sin un motivo justificado válido" a aquellas personas que hayan cometido los mismos actos recogidos en la amnistía pero con un "propósito ideológico-político distinto" al del procés, "lo que conduciría a situaciones tan absurdas como injustas".