El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha suspendido cautelarmente el Decreto con el que la Generalitat pretendía blindar el catalán ante el alud de sentencias que imponían una mayor docencia en castellano. Dicha norma evitaba fijar una cantidad mínima de español en los proyectos lingüísticos de las escuelas.
La Sección Quinta de la Sala de lo contencioso administrativo ha admitido a trámite el recurso presentado por la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB) contra dicho decreto, aprobado por el Govern el pasado mes de mayo.
El decreto no fija una "garantía mínima" de castellano
El auto aprecia "visos de lesión en los derechos fundamentales" en el Decreto 91/2024, en tanto que el desarrollo reglamentario del decreto contempla el idioma de Pompeu Fabra como lengua normalmente vehicular y de aprendizaje.
También afea que la norma llame a los centros a determinar la presencia de español, sin fijar una garantía mínima de su uso en los proyectos lingüísticos, más allá de la docencia de la asignatura de lengua y literatura castellana.
"Prejuicios irreparables"
La Sala fundamenta la suspensión cautelar del decreto al incidir en los "perjuicios irreparables" que puede provocar el "retraso en la aplicación de medidas" como esta. "El paso del tiempo, y el retraso en su aplicación, curso tras curso, genera a los alumnos un perjuicio que puede ser irreparable a los efectos pretendidos en el recurso", reza el auto.
La entidad AEB, defensora del bilingüismo en las aulas, denunció en un comunicado que se trata de "un decreto hispanófobo que pone de manifiesto que el objetivo del gobierno catalán es hacer imposible que el castellano pueda convertirse en lengua vehicular de enseñanza en Cataluña".
El Govern aprobó en mayo este decreto (para evitar que fuera debatido y aprobado en el Parlament) con el objetivo de dar "seguridad jurídica" a las escuelas con sus proyectos lingüísticos. Ante el auto del TSJC de este viernes, puede presentarse recurso de reposición.