La Abogacía del Estado ha reclamado al Tribunal Supremo que retire la orden de arresto que pesa sobre el expresidente de la Generalitat fugado de la justicia, Carles Puigdemont, y que le aplique la Ley de Amnistía junto al resto de líderes independentistas implicados en el procés. Asimismo, el mismo ente también ha urgido a la Audiencia de Tarragona a amnistiar a los cinco agentes de la Guardia Civil investigados por las cargas policiales de la jornada del referéndum ilegal del 1-O en Sant Carles de la Ràpita (Tarragona).

La Abogacía del Estado defiende en el escrito relativo a Puigdemont el mismo criterio que esgrimió la Fiscalía por una mayoría mínima: todos los hechos atribuidos a la cúpula política del procés deben ser amnistiados, incluida la malversación de fondos públicos.

Por ello, reclama amnistiar a Puigdemont y borrar la orden de detención nacional que tiene vigente al haber huido, como también ocurre con los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig, y la secretaria general de ERC, Marta Rovira.

Eliminación de los antecedentes penales del 'procés'

También solicita que se aplique el perdón al exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras -indultado desde 2021 y actualmente inhabilitado hasta 2031-, y al resto de condenados. Y que se extingan las penas de inhabilitación aún vigentes y se eliminen los antecedentes penales.



La Abogacía del Estado -que fue parte en el juicio por el daño causado a las arcas públicas por el referéndum ilegal y unilateral secesionista del 1-O- considera ahora ante el Supremo que el delito de malversación por el que fueron condenados los líderes del procés queda incluido en la amnistía, porque su único fin era "financiar, sufragar o facilitar" actos encaminados a lograr la secesión de Cataluña.

Impunidad a la malversación

Para la Abogacía del Estado, que coincide con el criterio de la Fiscalía, el desvío de fondos para el procés no tenía un "propósito de enriquecimiento.

En este sentido, recalcan los escritos que considerar que todo supuesto de malversación supone un enriquecimiento personal "no sólo contraviene la jurisprudencia" del propio Supremo, sino que supone "un exceso que priva de eficacia a la finalidad concreta y estricta" que busca la ley de amnistía.



La Abogacía también argumenta que la malversación de fondos para el procés no supuso una afectación a los intereses financieros de la Unión Europea porque ello exige que el perjuicio se haya producido a los ingresos o gastos comunitarios y que sea directo o indirecto, pero no "potencial u obtenida por deducción o comunicación".

No ve afectación a los recursos de la UE

"Este vínculo real entre la conducta y la afectación a los intereses financieros, o a los recursos propios, si bien no puede interpretarse restrictivamente tampoco debe extenderse ilimitadamente", dice la Abogacía.

En sentencia del procés, prosigue la Abogacía, no se destaca "ninguna circunstancia que ponga de relieve que la conducta de los procesados pudiera ser idónea para generar de forma efectiva un menoscabo directo al presupuesto de las instituciones de la Unión Europea o de sus instituciones u organismos".



"No se puede llegar a conclusión contraria indicando que todo lo que afecta al presupuesto nacional o autonómico indirectamente afecta al europeo -porque ni siquiera eso es cierto-, mezclando los bienes jurídicos protegidos", agrega.

El caso de los guardias civiles

La Abogacía del Estado, por otra parte, también ha instado a la Audiencia de Tarragona a amnistiar a los cinco agentes de la Guardia Civil investigados por las cargas del 1-O en Sant Carles de la Ràpita, al considerar que su actuación queda amparada por la ley del perdón.



En su escrito, la Abogacía del Estado sostiene que la actuación de los agentes investigados, que fueron denunciados por lesionar a votantes del 1-O, tiene "encaje" en la ley de amnistía.



Los agentes intervinieron el 1 de octubre de 2017 en el recinto ferial de Sant Carles de la Ràpita para "dar cumplimiento al mandato judicial de impedir la celebración del referéndum ilegal", según la Abogacía del Estado.

Además, subraya que no se aprecia "de ningún modo" por parte de los agentes investigados que incurrieran en algunas de las excepciones para aplicarles la amnistía, como serían un acto que provocara la muerte, aborto o la pérdida o inutilidad de un órgano y las torturas o tratos inhumanos o degradantes.

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