La Junta Electoral Central (JEC) ha acusado a la Generalitat de Cataluña de vulnerar "el deber de neutralidad política" en periodo electoral por la presentación de la propuesta de financiación singular, así como unas publicaciones patrocinadas publicadas después de la convocatoria de elecciones.



En los acuerdos de este jueves, la JEC estima una denuncia del PSC contra la Generalitat por la publicación los días 19 y 20 de marzo en los perfiles de Twitter de los diarios de Sabadell y Tarragona de artículos patrocinados por la Generalitat sobre diferentes actuaciones en centros sanitarios y por la rueda de prensa de la portavoz del Govern, Patrícia Plaja, y la consellera de Economía y Hacienda, Natàlia Mas, en la que se presentó la propuesta de financiación "singular" para Cataluña.

Incumplimiento de la ley

La JEC declara que la Generalitat vulneró la prohibición de hacer "campaña de logros" durante periodo electoral que establece la ley, "así como el deber de neutralidad política que en los periodos electorales deben respetar todos los poderes públicos".



Asimismo, insta al Govern a que durante el resto del periodo electoral "se abstenga de realizar actuaciones que sean contrarias a la prohibición de realizar campaña de logros o la utilización de imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas por las formaciones políticas en su campaña electoral" y respete la neutralidad política.

"Connotación electoralista"

Sobre la rueda de prensa en la que se presentó la propuesta de "financiación singular", la JEC señala que, al presentarse una vez concluida la legislatura, "parece más el anuncio de un programa futuro que el de un acuerdo gubernamental de aplicación inmediata, estando más en línea con lo que las formaciones políticas concurrentes a las elecciones presentan como programa electoral".



Según la JEC, "se aprecia una connotación electoralista en la exposición de una información que, desde el punto de vista institucional, no cabe considerar como imprescindible para los servicios públicos".



Sobre la publicación de contenidos patrocinados, el órgano señala que "no está aportando al ciudadano información necesaria o imprescindible para el correcto funcionamiento de los servicios públicos", sino que "se limita a dar cuenta de los logros y actuaciones llevadas a cabo por el Gobierno que patrocina estos anuncios, razón por la que esta actuación supone un quebranto de la prohibición establecida".

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