El Comité de Ética del Ayuntamiento de Barcelona ha ordenado a la dirección de un colegio que “se abstenga de hacer comunicaciones a las familias de cuestiones –políticas, sociales, económicas, etc.— que son ajenas a su actividad como gestora de una escuela municipal”. Este organismo da la razón a los padres de un alumno que presentaron una denuncia tras recibir un correo electrónico en el que se criticaba la sentencia del Tribunal Supremo sobre el referéndum del 1-O.
El Comité de Ética del Ayuntamiento es un órgano colegiado consultivo creado en el marco del Código Ético y de Conducta del Ayuntamiento de Barcelona, con el fin de impulsarlo, realizar su seguimiento y evaluar su cumplimiento.
Está integrado por profesionales de reconocido prestigio en el ámbito de la defensa de la ética, la integridad y la transparencia públicas. Actualmente forman parte del Comité los catedráticos de Filosofía y Ética Joan Josep Moreso y Norbert Bilbeny, respectivamente; la abogada Magda Oranich y el jurista Antoni Bosch.
"Injusta sentencia"
El denunciante que dio lugar al expediente del Comité de Ética explica en su queja que recibió un correo electrónico de comunicación habitual con las familias el día 16 de octubre de 2019 a las 13.04 con el siguiente contenido: "Queremos manifestar nuestro rechazo por la injusta sentencia que el lunes se hizo pública. La dureza de la sentencia nos provoca un sentimiento de impotencia y de tristeza y sigue cerrando posibles vías de solución a un conflicto que se debe resolver políticamente y no judicialmente. La represión judicial o policial no pueden ser nunca la solución al problema".
"La libertad de expresión y de asociación --añadía el e-mail-- y el derecho a manifestarse pacíficamente son incuestionables y no pueden ser criminalizados. Nos solidarizamos con todos los condenados y condenadas y con sus familias". El centro concluía el mensaje con el compromiso de “seguir trabajando sin perder la esperanza, desde los valores que nos mueven: la confianza, la generosidad, el compromiso y el respeto”.
Se refieren a la sentencia del Tribunal Supremo que, dos días antes de enviarse el citado e-mail, condenó a los dirigentes independentistas responsables del referéndum del 1 de octubre de 2017.
El denunciante consideraba que el mensaje era “una violación de la libertad ideológica de los trabajadores de la fundación y de las familias de la escuela” y “una presión ideológica en un sentido concreto sobre madres, padres y trabajadores”. Recordaba en su queja que las familias cedieron sus correos electrónicos a la escuela “para recibir información relacionada con la educación de sus hijos, no propaganda política. Se está haciendo un uso abusivo de este canal de comunicación”.
Constatado el envío del mensaje, pues la propia fundación de la que depende la escuela admitió la existencia del mismo y reconoció que “no se habría de haber enviado esta comunicación por este medio”, el Comité de Ética da la razón al denunciante.
"Afirmaciones inadecuadas"
“Partimos de la base de que estamos ante una escuela municipal y que las afirmaciones contenidas en el correo enviado a las familias no tienen nada que ver con las actividades docentes de la escuela”. Y aunque “son afirmaciones legítimas y utilizadas con la libertad de expresión son inadecuadas por estar fuera del marco educativo de la escuela”.
El Comité recuerda que el Código Ético del consistorio incluye el deber de garantizar “la neutralidad institucional en los acontecimientos culturales, de ocio y deporte organizados por el ayuntamiento, así como el valor de actuar con el máximo consenso político y social”. Y también el principio de imparcialidad, que obliga a actuar de forma “independiente para representar a toda la ciudadanía y no sólo a determinados colectivos o intereses políticos, y no condicionada por conflicto de interés y siempre en beneficio del interés público”.
Por ello, este organismo insta a la fundación a que se abstenga ahora y en el futuro de hacer comunicaciones a las familias de cuestiones –políticas, sociales, económicas, etc.— que son ajenas a su actividad como gestora de una escuela municipal”. También recomienda que el uso de envío de correos electrónicos de forma masiva “tenga en cuenta el derecho de los usuarios a preservar la confidencialidad de su dirección que se ha entregado a la fundación como instrumento de comunicación entre la familia y aquella”.
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