El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado el procesamiento del expresidente de la Generalitat fugado en Bélgica, Carles Puigdemont, por malversación y desobediencia. Ello pese a la entrada en vigor de la reforma penal que derogó el delito de sedición, tras un acuerdo entre el Gobierno de España con los independentistas de ERC en el Congreso de los Diputados. 

De esta forma, la Sala de Apelación constituida en el alto tribunal para resolver los recursos interpuestos por Puigdemont y el resto de rebeldes del procés --Toni Comín, Clara Ponsatí y Lluís Puig-- contra las resoluciones del juez Pablo Llarena ha desestimado los argumentos de las defensas y de la acusación popular ejercida por Vox, que pedía añadir el delito de desórdenes públicos agravados en sustitución del de sedición.  

Confirma la resolución de Llarena

Así, el alto tribunal cree que "los encausados desplegaron e impulsaron una desobediencia civil y una insurrección institucional orientada a alterar el orden constitucional, sin ninguna llamada a la violencia, no unos desórdenes públicos por medio de la violencia". 

El abogado del expresidente de la Gaeneralitat de Catalunya Carles Puigdemont, Gonzalo Boye EUROPA PRESS

Con esta decisión, el Supremo confirma la resolución que el magistrado instructor del procés dictó el pasado 21 de marzo, cuando también rechazó calificar los hechos como desórdenes públicos --como pretendía Vox-- y explicó que la reforma de la malversación llevada a cabo por el Ejecutivo no altera el procesamiento por este delito, ni cabe incluir los hechos en los nuevos subtipos atenuados fijados, que se cometen cuando no existe ánimo de lucro.

La defensa de Puigdemont

En la vista de apelación, la defensa del expresident fugado pidió anular las órdenes nacionales de detención y revocar el procesamiento --también el de los exconsejeros-- para "que se adapte el procedimiento a la realidad gestada por el poder ejecutivo y legislativo" porque "ninguno es responsable del desaguisado de una reforma penal deplorable".



En su opinión, el auto de procesamiento había quedado "desfasado" y obsoleto debido al "transcurso del tiempo y algunos hechos" --como la sentencia del procés y la reforma penal que deroga la sedición y modifica el delito de malversación-- que ha situado a este procedimiento en "un escenario de embrollo procesal".

El magistrado del Tribunal Supremo (TS), Pablo Llarena EUROPA PRESS

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