La Oficina Antifraude de Cataluña (OAC) ha elaborado una serie de recomendaciones dirigidas a los cargos electos con motivo de las elecciones municipales celebradas en pasado 28 de mayo, con el fin de que faciliten la toma de decisiones y que sirvan de recordatorio de buenas prácticas, como se hizo en las anteriores elecciones hace cuatro años.
Estas recomendaciones se han elaborado teniendo en cuenta el análisis de la información y las conclusiones provenientes de las actuaciones de investigación de Antifraude, las
alegaciones a reglamentos orgánicos municipales y a otras disposiciones normativas, así
como, también, las recomendaciones preventivas elaboradas en fase de seguimiento de las actuaciones de investigación basadas en identificación de factores de riesgo.
Retribución de cargos
Las recomendaciones se centran en cuestiones relativas a retribuciones de los cargos electos, declaraciones de intereses de los cargos electos, dotaciones económicas a grupos políticos municipales y en la publicidad activa con especial consideración en las relaciones con los grupos de interés.
En relación a las retribuciones de los cargos electos se realizan tres recomendaciones de carácter general, y después se emiten consejos sobre el régimen de dedicación exclusiva y el de dedicación parcial, por asistencias a las sesiones de los órganos colegiados de la corporación, y sobre indemnizaciones por los gastos efectivos y justificados ocasionados en el ejercicio del cargo.
Declaraciones de interés
Sobre las declaraciones de intereses se realizan tres recomendaciones. La primera es sobre los modelos de declaración, que deben prever el procedimiento o trámite en seguir ante el incumplimiento del deber de presentación.
La segunda aconseja que las declaraciones de actividades y de bienes deben ser completas y referirse a la totalidad de bienes y intereses. La última recomienda que las declaraciones deben modificarse cuando cambian las circunstancias respecto a la declaración inicial y cuando se realiza la declaración final.
Dotaciones económicas
En relación con las dotaciones económicas a grupos políticos municipales, el documento
expresa que debe ser el ente local quien regule cuál debe ser el uso y destino de éstas, los criterios de asignación y, con mayor concreción, el régimen de rendición de cuentas y de control que debe ejercer el pleno municipal. También se recomienda que la información que los grupos municipales faciliten al pleno en el procedimiento de rendición de cuentas debe permitir la fiscalización de los gastos.
Por último se emiten recomendaciones en relación con la publicidad activa, con especial
consideración a los grupos de interés. Se recuerda que la representación de intereses particulares puede constituir una aportación al buen gobierno y la buena administración siempre y cuando se garanticen los principios fundamentales de integridad, transparencia y equidad en el acceso a las autoridades y/o personal responsable de esas decisiones.
También que es necesario que la información que se publique de las agendas de los altos cargos y personal directivo permita conocer el contenido de las reuniones. Es necesario que la publicidad que se haga tenga suficiente grado de concreción y de detalle en la descripción del objeto de la reunión para que se pueda conocer el contenido principal de los contactos y reuniones que se hayan mantenido con los grupos de interés.