La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha rechazado este lunes la petición cautelarísima de Laura Borràs, presidenta suspendida del Parlament de Cataluña, para recuperar su escaño de diputada, credencial que le fue retirada por la Junta Electoral Central (JEC) tras la condena del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) contra ella por corrupción.
De este modo, el Supremo mantiene sin escaño a la también presidenta de Junts alegando que en el escrito presentado no ofrece “ningún argumento” para justificar la urgencia que requiere una suspensión cautelarísima (es decir, que se le devuelva su acta de forma provisional) sin oír antes a la JEC, que la consideró "inelegible" para ocupar ese puesto.
Trámite por la vía ordinaria
En su resolución, el alto tribunal acuerda sin embargo tramitar la petición de Borràs de forma ordinaria y concede de plazo a la JEC y a la fiscalía hasta el próximo viernes, 12 de mayo, a las tres de la tarde, para que presenten sus alegaciones sobre la petición de la medida cautelar.
En lo que respecta al recurso planteado por el Parlament de Cataluña contra el mismo acuerdo, en el que no se pedía la suspensión cautelarísima sino la cautelar ordinaria, el Supremo da 10 días a la JEC para que haga las pertinentes alegaciones antes de resolver.
Contratos fraccionados
La actual situación de Borràs deriva de la condena que le impuso el TSJC como autora de un delito de prevaricación por fraccionar contratos cuando dirigía la Institució de les Lletres Catalanes. Por ello, la sala la condenó a cuatro años y medio de prisión y a 13 de inhabilitación. Aunque la sentencia no es firme, el PP, Vox y Ciudadanos pidieron retirar el escaño a Borràs, ya que una condena por delitos contra la Administración pública es "causa de inelegibilidad sobrevenida", según establece la Ley Electoral (LOREG).
La JEC les dio la razón el 13 de abril, dando el primer paso para la retirada del escaño, y el 3 de mayo cerró el caso revocando el acta a Borràs y expidiendo la credencial al siguiente de la lista que presentó Junts en los últimos comicios catalanes. La Junta Electoral Central recordó a Borràs que, conforme a la Ley Electoral y a la jurisprudencia del Supremo y del Tribunal Constitucional, una condena de inhabilitación por un delito como la prevaricación, aunque no sea firme, resulta incompatible con su continuidad como diputada.