La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al exteniente de alcalde de la localidad barcelonesa de Santa Susanna, Josep Lluís Mulero (Ais-Junts), de un presunto caso de abuso sexual a una joven en 2018 al no ver suficientemente probado que la relación sexual que supuestamente mantuvo con ella no fuera consentida.

En una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, la Sección 15 de la audiencia madrileña absuelve al acusado al concluir que "no está suficientemente acreditada la hipótesis de la acusación", que "no alcanza el estándar necesario más allá de toda duda razonable".

Añade el tribunal que "no alcanza el conocimiento necesario de las circunstancias en las que se produjo el encuentro sexual, y menos que este encuentro sexual haya sido sin consentimiento por parte de la testigo".

Fiscalía pedía ocho años de cárcel

El juicio por estos hechos se celebró el pasado 31 de enero y durante el mismo la fiscalía mantuvo su petición de ocho años de cárcel para Mulero, al considerar probado que el acusado, como gerente de una empresa de Malgrat de Mar, cometió un delito de agresión sexual contra una contratada.

Según el relato del fiscal, Mulero contrató el 9 de mayo de 2018 a una joven de 24 años como teleoperadora y el 14 de mayo viajó con ella a Madrid para realizar un curso de formación.

Se reservó una única habitación para los dos y, tras salir a cenar juntos, la joven volvió sintiéndose mal, se quedó dormida y el acusado presuntamente aprovechó para quitarle la ropa y agredirla sexualmente, sin que la joven pudiera evitarlo por el estado de debilidad y somnolencia en el que se encontraba.

Denuncia y dimisión como edil

La joven se ratificó en su denuncia, asegurando que el entonces edil abusó de ella, mientras que el acusado pidió la absolución ya que mantuvieron una relación consentida.

Josep Lluís Mulero dimitió en febrero de 2022 de su cargo como teniente de alcalde de Seguridad del Ayuntamiento de Santa Susanna después de que la fiscalía formalizara la acusación contra él.

Absolución

Ahora la Audiencia de Madrid le absuelve, en una sentencia dictada por tres magistradas contra la que cabe recurso, al entender que "no ha quedado probado que las relaciones se mantuvieran sin el consentimiento" de la mujer, quien tras el supuesto abuso siguió durmiendo en la misma habitación del acusado y al día siguiente estuvo de paseo por Madrid con él.

Luego regresaron a Barcelona, donde él la acompañó hasta su casa y donde ella le dijo que no aceptaría el puesto de teleoperadora porque porque sería incómodo.

Destacan las magistradas que cuando la prueba central es la declaración de la supuesta víctima, que además es la que emprende el proceso legal, "el Tribunal que juzga la causa debe extremar los controles para verificar la credibilidad de la víctima, de tal manera que han de exigirse poderosas corroboraciones de los hechos enjuiciados".

Y concluyen que "lo expuesto arroja muchas dudas a este Tribunal en el sentido de que la víctima estuviera semiinconsciente, o dormida, con pérdida o inhibición de sus capacidades cognitivas o volitivas, o con una merma importante o intensa, de una parte, y que no expresara su consentimiento para la relación sexual, por otra".