El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha decidido este jueve, por apenas nueve votos en contra, ocho a favor y uno en blanco, no reclamar que se le pida opinión sobre la propuesta de PSOE y Unidas Podemos para derogar el delito sedición del Código Penal --por el cual fueron condenados los líderes del procés secesionista-- y crear uno nuevo de desórdenes públicos agravados, con penas menores.
El órgano de gobierno de los jueces rechaza de este modo la solicitud realizada por la mayoría de los vocales conservadores --un grupo de ocho--, y fuentes del mismo apuntan que habrá un voto particular de esos mismos vocales.
Rechazo del bloque progresista a opinar sobre el cambio
Las citadas fuentes detallan que los nueve votos que descartan dar opinión sobre la reforma impulsada por el Gobierno corresponden al conjunto del bloque progresista más Vicente Guilarte; los ocho a favor, a los vocales que han puesto el tema sobre la mesa; y el voto en blanco, a Wenceslao Olea.
La votación, celebrada en el marco del Pleno ordinario celebrado este jueves, ha tenido lugar justo el mismo día que arranca en el Congreso de los Diputados la tramitación parlamentaria de la proposición de ley de los partidos políticos que forman el Gobierno para eliminar la sedición.
Fue el pasado 18 de noviembre cuando estos ocho vocales --Gerardo Martínez, José Antonio Ballestero, Juan Manuel Fernández, Juan Martínez Moya, José María Macías, Nuria Díaz Abad, Carmen Llombart y Ángeles Carmona-- solicitaron al presidente interino del CGPJ, Rafael Mozo, que incluyera en el orden del día del Pleno de este jueves su propuesta sobre la reforma penal anunciada por el Gobierno.
El Gobierno no les pidió informe
Los vocales querían, en primer lugar, que el Pleno se pronunciara "sobre la falta de petición de informe" en relación con la propuesta para derogar la sedición y, en un paso más, que se debatiera "si, a pesar de ello, no sería oportuno que el Pleno evacuase dicho informe".
La cuestión es que los dos socios de Gobierno --PSOE y Unidas Podemos-- presentaron su iniciativa legislativa como proposición de ley, una fórmula que permite no pedir informes al CGPJ y otros órganos constitucionales que, en caso de haberse optado por el anteproyecto de ley, serían obligatorios.
Estándares europeos en cuestión
"Hay que tener presente que, aunque el artículo 561.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) solo se refiere a anteproyectos de ley, y no a proposiciones de ley, los estándares europeos obligan a que todas las propuestas normativas que afecten al Poder Judicial deben someterse a previo informe de los Consejos de Justicia", argumentaban estos ocho vocales.
Además, llamaban la atención sobre el hecho de que "en reiteradas ocasiones nos encontramos con importantes reformas que afectan al Poder Judicial y que, en lugar de tramitarse como proyectos de ley por el Gobierno, son los grupos parlamentarios que sostienen al Gobierno los que presentan en el Congreso de los Diputados como proposiciones de ley, obviando así el trámite de informe preceptivo de este Consejo General del Poder Judicial de haberse tramitado de otra forma".