El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado que el Govern discriminó a los agentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil destinados en Cataluña en la campaña de vacunación contra el Covid-19. De hecho, la sala ha inadmitido el recurso presentado por la Generalitat a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que concluía que Salud priorizó la inoculación de los Mossos d’Esquadra y negó, en un principio, la del resto de fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. Asimismo, apunta que el TSJC aporta “sólidos razonamientos” para llegar a esa conclusión. Nuevo mazazo para el Ejecutivo catalán.
En una providencia del 4 de mayo, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo defiende la inadmisión del recurso al considerar que “no se aprecia el planteamiento de un problema jurídico”, sino “una discrepancia con respecto a la interpretación y a la valoración efectuadas”. Es por ello que no ve motivo que justifique la conveniencia de un pronunciamiento “en la interpretación y aplicación tanto de las normas reguladoras de la sentencia como de la motivación intrínseca de los actos administrativos”. Son estas las únicas infracciones alegadas. En otras palabras: el recurso del Govern no se sostiene.
Exclusión injustificada
La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado José Luis Requero, defiende que la sentencia del TSJC contiene “sólidos razonamientos” para llegar a la conclusión de que el plan de vacunación del Govern fue discriminatorio con los agentes de la Policía y la Guardia Civil porque la Generalitat “no dispuso de la misma voluntad y empeño en la protección sanitaria de los cuerpos nacionales”. Con estas palabras, confirma la decisión del TSJC del 3 de diciembre, por la que se admitió el recurso que presentaron la Asociación de la Guardia Civil, Jucil y Jupol contra el Departamento de Salud.
Los sindicatos avisaron de que en el proceso de vacunación, gestionado por las comunidades autónomas, no se había vacunado a los agentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil destinados en Cataluña “salvo a aquellos que, además de estar en activo o en reserva, tuvieran una edad de entre 60 y 65 años”. En esta línea, la fiscalía defendió que las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado fueron “excluidos injustificadamente” del plan de vacunación preferente, y relegados al sistema de vacunación común. Por ello consideró que se les había vulnerado el derecho a la igualdad y a la no discriminación. La Generalitat lo negó y aseguró que “fueron acontecimientos ajenos a ella los que provocaron” diferencias en la inoculación, como la dificultad para comunicar los datos y la paralización en su momento para vacunar con AstraZeneca.
Jupol celebra la decisión
Con las dos versiones en su poder, los jueces del TSJC recordaron que el documento de Estrategia de Vacunación frente al Covid-19 en España preveía una posición prioritaria en el orden de vacunación para policías y otros servicios de emergencias, y remarcaron que este plan no establecía diferenciación alguna entre los cuerpos por ser estatales o autonómicos. En este sentido, tomaron en cuenta las cifras de vacunación a Mossos en comparación a Policía y Guardia Civil, y concluyeron que “junto a ese retraso”, se apreció también “una falta total de iniciativa en la Administración autonómica respecto de la atención a los cuerpos nacionales”.
Este lunes, Jupol –mayoritario en la Policía— ha mostrado su satisfacción por la confirmación del Supremo de que la Administración catalana “discriminó” a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. En un comunicado, ha subrayado que la Generalitat cumplió el plan de vacunación con los Mossos d'Esquadra, pero luego lo “negó de manera reiterada a Guardia Civil y Policía Nacional”. En este sentido, ha señalado que el fallo refuerza la estrategia para “acabar con la desigualdad y el trato injusto y desfavorable” que a su juicio sufren los agentes de estos cuerpos policiales en Cataluña.