La Sindicatura de Cuentas ha detectado diversas irregularidades contables en la Escola d’Administració Pública de Catalunya (EAPC), dependiente de la Generalitat y que fue concebida como centro para formar a los altos funcionarios catalanes. El órgano fiscalizador señala contratos fraccionados, falta de control de las incompatibilidades laborales y subvenciones sin justificar.
El informe, presentado per la síndica Emma Balseiro como ponente corresponde al ejercicio de 2017 [se puede leer en este enlace], año en que la Escuela estaba dirigida por el historiador y articulista Agustí Colomines, quien sería cesado en abril de 2018 durante aplicación del artículo 155 de la Constitución en respuesta al desafío independentista. Hasta octubre de 2017, la presidenta del consejo rector fue la exconsejera de Gobernación, Meritxell Borràs (CDC).
Concebida por Carles Puigdemont como una estructura de Estado, este centro aspiraba a emular a la elitista ENA francesa, que el presidente Emmanuel Macron suprimió el pasado mes de abril.
"Observaciones relevantes"
La Sindicatura destaca como "observaciones relevantes" que la EAPC presentara un superávit en la liquidación del presupuesto de 423.350 euros, pero no informara del resultado presupuestario ajustado "en el que las desviaciones en gastos con financiación afectada darían lugar a un superávit de 613.937 euros".
La media del plazo de pago de las facturas por parte de la Escuela en 2017 fue de cuarenta y dos días, "y se superaron los plazos de pago establecidos en la normativa". La EAPC "no disponía de un inventario completo y valorado de su inmovilizado".
En cuanto a la contratación administrativa "no consta que los baremos reguladores de las remuneraciones de las actividades docentes dispusieran de los preceptivos informes de la Dirección General de Presupuestos y de la Dirección General de Función Pública establecidos por la normativa".
Incumplimiento de la ley de contratos
En algunos de los contratos revisados "se han detectado determinadas incidencias relacionadas con los objetos de los contratos, los importes, las fechas o los tipos de contratos, que suponen un incumplimiento de lo establecido en el artículo 86, apartado 2 del texto refundido de la Ley de contratos del sector público. En consecuencia, se considera que hubo un fraccionamiento indebido del contrato".
Respecto al profesorado contratado, en el caso de empleados públicos que no pertenecen a la Generalitat, "se ha evidenciado la falta de un control efectivo de la incompatibilidad respecto al límite del número de horas de docencia, y de las retribuciones". Y en cuanto a las subvenciones, "la Sindicatura ha detectado diferentes incumplimientos formales en el procedimiento de tramitación, adjudicación y pago de la subvención otorgada por la EAPC el ejercicio 2017 para financiar los planes de formación para el empleo de los empleados públicos de las administraciones locales".
Respecto a los criterios cualitativos previstos en las bases reguladoras de las subvenciones, "algunos eran de difícil valoración y poco objetivables y, para la mayoría, no se deja constancia de la motivación ni de los aspectos concretos que se tuvieron en cuenta a la hora de distribuir los puntos de los criterios establecidos".