El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ordenado al Govern vacunar a los agentes de la Policía Nacional (CNP y Guardia Civil "sin excusas ni dilaciones". En una durísima resolución, la Sección Tercera de lo Contencioso-Administrativo da respuesta a la medida cautelar solicitada por un sindicato y una asociación profesional de la Policía Nacional y la Guardia Civil.
El TSJC acuerda que la Consejería de Salud modifique el Plan de vacunación de personal esencial incluyendo a los agentes de los citados cuerpos que sirven en Cataluña. Da un plazo de 10 días para que se llegue a la proporción de inmunizados de agentes de CNP y Guardia Civil con el resto de fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado que sí han sido inoculado (Mossos d'Esquadra y Guardia Urbana). Asimismo, solicita informe al departamento dos días después de finalizar este plazo y el pago de las costas procesales.
Precisamente, la fiscalía había instado al TSJC hoy mismo a ordenar como medida cautelar la reanudación de la vacunación de los policías nacionales y guardias civiles que ejercen en la comunidad catalana, al considerar que sufren una "clara e injustificada situación de discriminación" respecto a los Mossos. Asimismo, Impulso Ciudadano ha puesto el caso en manos del Defensor del Pueblo en un escrito donde se calcula que solo un 15% de los agentes de los cuerpos de seguridad del Estado han sido inoculados en Cataluña.
Denuncia de las asociaciones policiales
La sala accede a la petición de las asociaciones profesionales Sindicato del Cuerpo Nacional de la Policía-Justicia Policial (JUPOL) y la Asociación de la Guardia Civil-Justicia Civil (JUCIL), por lo que insta al Govern a que "sin excusa alguna garantice de inmediato y sin dilaciones la vacunación, contra el coronavirus 19, de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que prestan servicio en Cataluña".
En un plazo máximo de diez días, la inmunización del colectivo aludido deberá haber alcanzado la misma proporción que en el Cuerpo de Mossos d’Esquadra. Y en un plazo máximo de dos días hábiles a contar desde la finalización del plazo señalado anteriormente, el departamento de Salud "deberá informar a este Tribunal del estado de ejecución de la medida cautelar".
Vergés, responsable personal
La sala acuerda notificar personalmente el auto a la titular de Salud, Alba Vergés, con la advertencia de que "en un plazo máximo de cinco días deberán comunicarse a este Tribunal el cargo y datos de identificación de la autoridad responsable del cumplimiento de la presente resolución judicial. Transcurrido ese plazo, y de no haberse procedido a esa comunicación, el Tribunal considerará que la autoridad responsable es la persona titular del departamento de Salud".
El TSJC impone el pago de las costas judiciales a Salut.