El tribunal Supremo ha confirmado la pena de cinco años y ocho meses prisión que la Audiencia Nacional impuso al exalcalde de Santa Coloma de Gramenet (Barcelona) Bartomeu Muñoz (PSC) por el llamado caso Pretoria. Asimismo, rebaja las penas para el exdiputado socialista Luis Andrés Garcia Sáez, alias Luigi, y a otros dos condenados.
El alto tribunal ha admitido parcialmente los recursos de casación presentados por los acusados, implicados en un caso de fraude urbanístico por el que también fueron condenados los exconsejeros convergentes de la Generalitat Macià Alavedra y Lluís Prenafeta, quienes, al igual que otros cinco procesados, no presentaron recurso ante el Supremo.
Dilaciones indebidas
Así, la Sala de lo Penal ha confirmado la condena a cinco años y ocho meses de prisión impuesta a Bartomeu Muñoz por las actuaciones ilícitas llevadas a cabo en operaciones urbanísticas desarrolladas entre el 2002 y el 2009 en las localidades de Santa Coloma de Gramenet, Sant Andreu de Llavaneres y Badalona, así como las ganancias que los acusados ingresaron en sus patrimonios directamente o bien a través de intermediarios o testaferros.
El tribunal rebaja la pena de Luis Andrés Garcia Sáez, que fue condenado a siete años de cárcel por delitos de tráfico de influencia en concurso medial con un delito continuado de prevaricación administrativa, cohecho continuado, blanqueo de capitales y falsedad documental. La modificación de la pena se produce al ser absuelto de este último delito de falsedad por el que fue condenado a un año y seis meses de prisión. También ha visto rebajada la pena por el delito de cohecho –de tres años y dos meses a un año y nueve meses--, con la atenuante de dilaciones indebidas. Por el resto de delitos, se mantienen las condenas dictadas por la Audiencia Nacional.
Condenas a los empresarios
El tribunal rebaja ligeramente la pena de un año impuesta al empresario Josep Singlá por tráfico de influencias continuado en concurso medial con un delito continuado de prevaricación y por cohecho. En relación con el primero de ellos, mantiene la pena de 10 meses de prisión, pero modifica la cuantía de la multa que queda fijada en 861.318 euros. En cuanto al cohecho, con la atenuante de dilaciones indebidas, le impone seis meses de prisión y multa de 300.000 euros.
A Manuel Valera, condenado a dos años por cohecho, con la atenuante de dilaciones indebidas, se le imponen ocho meses y multa de 566.124 euros, y como autor de dos delitos de tráfico de influencias –por la operación de Sant Andreu de Llavaneres y por la operación de Badalona-- establece seis meses de prisión y multa de 280.322 euros. Además, confirma la pena de seis meses de prisión por tráfico de influencias en concurso con un delito continuado de prevaricación administrativa.
Los otros siete condenados por la Operación Pretoria no presentaron recurso ante el Supremo. Entre ellos figuran los exconsejeros de la Generalitat de Cataluña Macià Alavedra y Lluís Prenafeta.