Una juez de lo contencioso ha descartado la suspensión del aislamiento en la comarca del Segrià (Lleida) reclamada por un abogado leridano. El recurrente alegaba que la medida acordada por el Govern era desproporcionada teniendo en cuenta el índice de contagios.
Sin embargo, la juez ha desestimado las medidas cautelarísimas que solicitaba el letrado en el recurso basándose en argumentos de forma. En concreto, la sentencia sostiene que, de acuerdo con la ley de lo contencioso-administrativo, el recurso contra autos que ratifican medidas sanitarias no comporta la suspensión de las mismas.
Perturbaría el interés general
Además, la ley de lo contencioso establece que no se puede suspender de forma cautelar una medida administrativa, cuando ello pueda suponer una "perturbación grave de los intereses generales", lo que en opinión de la juez ocurriría en el caso del Segrià, uno de los focos más agudos de coronavirus.
El pasado sábado, el juez de guardia de Lleida avaló el aislamiento perimetral ante el riesgo "inminente y extraordinario para la salud pública", aunque lo limitó a un período de quince días, que podrá prorrogarse en función de la evolución del brote.
Rebrote preocupante
En su auto, el titular del juzgado de instrucción número 4 de Lleida ratificó la resolución de la Generalitat que restringe la salida y entrada de personas en la comarca del Segrià, ante el aumento de contagios por coronavirus, con una incidencia de 149,1 casos por 100.000 habitantes en las dos últimas semanas.
Para el juez, el incremento de positivos detectados y la evolución de la curva epidémica supone "un riesgo para la salud colectiva derivado del elevado riesgo de propagación, lo que justifica la limitación de la libertad de circulación".