Fèlix Millet (i.), Jordi Montull (c.) y Gemma Montull (d.) en la última sesión del juicio del 'caso Palau' / EP

Fèlix Millet (i.), Jordi Montull (c.) y Gemma Montull (d.) en la última sesión del juicio del 'caso Palau' / EP

Política

El Supremo confirma las condenas de Millet, Montull y CDC por el expolio del Palau

La sentencia considera probado que hubo financiación irregular de Convergència, que deberá devolver 6,6 millones de euros

30 abril, 2020 13:28

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado las condenas de Félix Millet y Jordi Montull, juzgados y sentenciados por el expolio del Palau de la Música, y mantiene que CDC se financió ilegalmente a través de comisiones a cambio de obra pública. Deberá devolver 6,6 millones de euros.

La Sala de lo Penal del alto tribunal confirma la condena de 9 años y 8 meses de prisión, y multa de 4,1 millones de euros, a Félix Millet, y la de 7 años y 6 meses de prisión y multa de 2,9 millones de euros, a Jordi Montull. Ambos fueron los máximos responsables del Palau de la Música Catalana y deberán devolver 23 millones de euros a esta institución (Consorci, Fundació y Associació) pues se considera probado que desviaron fondos en provecho propio.

En su sentencia, se avala el comiso de 6,6 millones de euros a la formación política Convergència como ganancias obtenidas mediante tráfico de influencias.

Ligeras modificaciones

De esta forma, queda confirmado el fallo de la Audiencia de Barcelona el 29 de diciembre de 2017 aunque con ligeras variaciones. La condena a la exresponsable financiera del Palau Gemma Montull --fija de Jordi Montull-- pasa de 4 años y 6 meses de prisión a 4 años, aunque se mantiene la multa de 2,6 millones de euros asociada al delito de blanqueo de capitales que, entre otros, cometió.

También se modifica la pena al ex tesorero de CDC Daniel Osácar, que pasa de 4 años y 5 meses de prisión, a 3 años y 6 meses, al ser absuelto del delito de tráfico de influencias y suprimirse la pena de 11 meses de prisión que se le impuso por ello. Se le confirman 3 años y 6 meses de prisión, más multa de 3,7 millones de euros, como autor de un delito de blanqueo de capitales, en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento mercantil y un delito de falsedad contable, con la atenuante de dilación extraordinaria e indebida en la tramitación del procedimiento (atenuante aplicada a todas las condenas del caso).

La actuación de Osácar y Ferrovial

Para la Sala, en el caso de Osácar, "no consta acreditado que por obra adjudicada siendo el recurrente tesorero de CDC, Ferrovial abonara comisión; aunque sí consta que en esa condición hizo llegar a Convergència, con maniobras de diversa índole, entre las que se encontraban la mendacidad documental, que además ocultaban su origen, las comisiones que abonaba de modo aplazado Ferrovial, por obras adjudicadas con anterioridad a ser nombrado tesorero".

Vídeo de los 10 años del caso Palau (23/07/2019) / TV3