La Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado la inadmisión del recurso de Quim Torra contra su inhabilitación como diputado del Parlament, decretada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) por negarse a quitar los lazos amarillos de la sede de la Generalitat en periodo electoral. Si el juez diera el visto bueno no tendría que resolverse el recurso, y por tanto la sentencia que inhabilitó al presidente de la Generalitat por un año y medio se aprobaría de manera inmediata. El texto, firmado por la fiscal Pilar Fernández Valcarce defiende que en caso de considerar su recurso no sería necesario celebrar una vista pública en el alto tribunal.

El escrito, de 28 páginas, impugna uno por uno los motivos alegados por la defensa de Torra en el que llegaba a defender que se trata de una "persecución política" y que la justicia ha actuado de forma partidista y parcial, especialmente por parte de dos miembros de la Junta Electoral Central (JEC). A este respecto, la fiscal rechaza que las resoluciones del citado organismo tuvieran como finalidad perseguirle políticamente. Añade que se trata de ataques a la JEC que desvirtúan la finalidad del recurso, por lo que pide su inadmisión de plano.

JEC competente

El Ministerio Público rechaza también que existiera una "predeterminación del fallo" dictado por el tribunal superior catalán o que se le haya condenado dos veces por los mismos hechos. Asimismo defiende que la Junta Electoral Central es un organismo competente para dictar la retirada de lazos tal y como hizo, ya que dicha decisión se enmarca en el periodo electoral de unas elecciones generales y "en modo alguno vulnera la libertad de expresión" del presidente tal y como señala en su recurso.

La Fiscalía descarta que la inhabilitación dictada por la JEC afectara a la inviolabilidad parlamentaria de Torra y recuerda que, por el contrario, "se trató de una decisión contraria a las exigencias de neutralidad en periodo electoral que también obligan al presidente de la comunidad autónoma". Insiste en que los acuerdos de la JEC se dictan en cumplimiento de las obligaciones propias y que "está obligada a garantizar como máximo órgano de la Administración electoral" la campaña electoral y los comicios.

Recursos

Por último, recuerda a Torra que las decisiones de la Junta son recurribles ante lo contencioso-administrativo del alto tribunal, por lo que considera que no procede plantear este asunto en el recurso de casación ante la Sala de lo Penal que debe revisar su condena.

La fiscal apoya el tipo penal aplicado al caso, así como la pena impuesta, reitera su negativa a elevar cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre este asunto en particular.