El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por unanimidad el recurso de amparo del expresidente catalán Carles Puigdemont contra la suspensión de cargo público como diputado del Parlamento de Cataluña.

Considera el alto tribunal que ese recurso es "prematuro", ya que lo presentó cuando todavía estaban por resolver otros recursos interpuestos contra el mismo auto, de 9 de julio de 2018, en el que la Sala Penal del Tribunal Supremo acordó comunicar a la Mesa del Parlament la suspensión automática de las funciones y cargos públicos que ostentaba Puigdemont, investigado entonces por el procés.

Recurso prematuro

La sentencia, cuyo ponente ha sido el magistrado Ricardo Enríquez, señala que el presente recurso de amparo debe ser inadmitido por "falta de agotamiento de la vía judicial previa dada su prematura interposición al haber coincidido temporalmente con la sustanciación de recursos interpuestos en el procedimiento judicial contra la resolución impugnada ante este tribunal".

Así, el hecho de no haber esperado a la resolución de las impugnaciones planteadas en sede judicial ha provocado que se haya infringido el artículo 44.1 a) de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. Por lo tanto, el TC inadmite ese recurso.