El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rechazado el recurso que presentó la Associació de Municipis per la Independència (AMI) contra la resolución de 2018 del Juzgado Contencioso número 4 de Barcelona, que atendió entonces la demanda de Societat Civil Catalana --representada por los letrados Manuel Zunón y Manuel Miró-- contra el acuerdo de adhesión de la localidad a la entidad independentista.
El TSJC recuerda en su resolución que la sentencia de 2018 anulaba la llegada del municipio de Far d'Empordà a la AMI en concepto de cuota tras un recurso de la Delegación del Gobierno. Según ésta, los intereses y objetivos de la entidad independentista se refieren a Cataluña en su conjunto, pero no a los intereses de un municipio concreto.
Competencias locales
De esta manera, el TSJC estimaba que la inclusión en la AMI superaba el ámbito de competencias locales. Este organismo remarca, además, que la sentencia es extensible a los acuerdos municipales de adhesión a esa asociación y apunta que no se pueden destinar fondos públicos a actuaciones fuera de las atribuciones municipales.
La adhesión de Castelldefels a la AMI provocó tensiones entre los que se mostraban a favor y en contra y el pleno acabó aprobándola gracias a los votos de los concejales del PSC.