Oriol Junqueras (ERC) en el Tribunal Supremo / RTVE

Oriol Junqueras (ERC) en el Tribunal Supremo / RTVE

Política

La Junta Electoral Central dictamina que Junqueras no puede ser eurodiputado

El órgano arbitral rechaza que recoja su acta al considerar que los condenados por sentencia firme "son inelegibles"

3 enero, 2020 19:52

La Junta Electoral Central (JEC) ha dictaminado este viernes que el presidente de ERC, Oriol Junqueras --encarcelado por el procés independentista catalán-- no puede ser eurodiputado en aplicación del artículo 6.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).

Dicha ley considera como "inelegibles" a "los condenados por sentencia firme a pena privativa de libertad" durante el período que dure la pena.

Junqueras fue condenado  por el Tribunal Supremo a 13 años de prisión e inhabilitación por los delitos de sedición y malversación.

La decisión de la JEC se produce después de que PP y Ciudadanos le presentaran un recurso para impedir que el líder de ERC pudiera recoger su acta como eurodiputado, después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea fallara a su favor en diciembre sentenciando que Junqueras debería haber sido excarcelado para hacerlo mientras se encontraba en prisión preventiva.

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