El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) considera que el exmiembro de la Mesa del Parlament, Joan Josep Nuet, debe ser juzgado en el Tribunal Supremo, dada su nueva condición de diputado de ERC en el Congreso de los Diputados. Nuet, así como otros cargos de la Cámara catalana, están procesados por desobediencia por desoír la órdenes del Tribunal Constitucional (TC) que les obligaban a impedir la tramitación de cualquier iniciativa que supusiera desplegar la hoja de ruta unilateral independentista. El TSJC mantiene la competencia para juzgar a Anna Simó, Lluís Corominas, Ramona Barrufet, Lluís Guinó y Mireia Boya.
La Sala civil y Penal del TSJC ha elevado una exposición razonada al Supremo en relación a la competencia para juzgar al procesado Joan Josep Nuet. Según indica en su resolución, "es evidente que esta Sala de Justicia autonómica no tiene competencia para enjuiciarlo, bajo ningún concepto y cualquiera que fuere el —presunto— delito de que se trate, aunque a la hora de cometerlo hubiere carecido de dicha condición de Diputado electo, y aunque él quisiera renunciar ahora a su fuero procesal recientemente adquirido y acogerse al único que podría justificar la competencia de esta Sala de lo Civil y Penal, es decir, al que reconoce el art. 57.2 del Estatut de Autonomía de Cataluña en relación con el art. 73.3.a) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que es el que tenía en el momento de cometer el —presunto— delito del que es acusado y también en el momento de decidir la Sala Segunda del Tribunal Supremo declinar su competencia en nuestro favor"
Por todo esto, el TSJC eleva al Supremo su parecer, según el cual, le corresponde a la Sala Segunda de este Alto Tribunal la competencia para enjuiciar a Nuet, mientras que mantiene la competencia para enjuiciar al resto de los antiguos miembros de la Mesa del Parlament. La vista oral estaba prevista para el mes de noviembre, pero fue precisamente el cambio de condición del exdirigente de EUiA el que obligó a posponer la sesión hasta que se resuelva esta inhibición del tribunal catalán.