La Justicia sentenció ayer, casi un año después de que culminase la vista oral, y nueve años más tarde del inicio de la instrucción judicial, dirigida por la magistrada Mercedes Alaya, a toda la cúpula histórica del PSOE en Andalucía por el caso de los ERES fraudulentos. El fallo de la Audiencia Provincial de Sevilla, contra el que cabe recurso ordinario ante el Supremo, un factor que dilatará la ejecución de las penas probablemente hasta dentro de dos o tres años más, considera un hecho probado que los sucesivos Gobiernos de Manuel Chaves y José Antonio Griñán, presidentes de la Junta (y del PSOE federal) durante más de dos décadas, crearon un sistema ilegal, ajeno a los controles ordinarios de la Administración regional, para repartir a su capricho durante un decenio 680 millones de euros entre empresas mercantiles supuestamente en crisis gracias a la tramitación irregular (y finalista) de Expedientes de Regulación de Empleo.
El tribunal, que retrasó antes del 10N la promulgación de su resolución, amparándose en su complejidad –el fallo suma 1.800 folios–, para no influir en las elecciones generales, condena finalmente a 19 de los 21 acusados, todos cargos políticos socialistas, y absuelve únicamente a los funcionarios encausados: el exinterventor de la Junta, Manuel Gómez Martínez, y el letrado de la administración autonómica, Francisco del Río. El resto de acusados, entre ellos cinco consejeros regionales, el exdirector general de Empleo y otros altos cargos del PSOE, han sido condenados por delitos de prevaricación y malversación (o ambos), lo que implica su inhabilitación para ejercer cargos públicos y, en determinados casos –cuatro exconsejeros y Griñán–, también penas de prisión. Lo que sigue es una guía (básica) para entender la sentencia.
¿Cuánto dinero público se ha defraudado? La Justicia cifra en 680 millones de euros el volumen global del saqueo de los ERE. Este dinero, incluido en los presupuestos de la Junta de Andalucía, fue administrado de forma arbitraria por los socialistas en favor de empresarios afines, que presentaban supuestos expedientes de regulación de empleo a cambio de cobrar ayudas públicas. Durante el proceso de autorización administrativa de los ERES, vigente cuando ocurrieron los hechos, intervenían distintas consejerías de la Junta, sindicatos, empresarios e intermediarios –empresas de seguros, despachos de abogados, sindicalistas que actuaban como conseguidores– que percibían comisiones por esta labor de mediación.
El expresidente Manuel Chaves a su llegada a la Audiencia de Sevilla / EFE
¿Qué ha condenado exactamente la Justicia? Básicamente, el sistema ideado por los socialistas para pagar estas ayudas (que en muchos casos se ha demostrado no eran tales, sino subvenciones a la carta) a sociedades mercantiles públicas y privadas. De la ilegalidad del sistema se infiere pues la responsabilidad particular –de índole penal– de cada uno de los encausados. Para los jueces, los dos expresidentes de la Junta eran “plenamente conscientes” de la ilegalidad de las decisiones que adoptaron en relación con los ERE. Ambos declararon durante la vista oral desconocer los detalles concretos del sistema de pago e insistieron en que su abono pretendía aliviar la situación de crisis de las empresas beneficiarias, pero lo cierto es que el tribunal los considera (aunque en grado distinto) responsables penales de las irregularidades tanto por la filosofía del sistema (que implica la malversación continuada de caudales públicos) como por mantenerlo operativo en el tiempo a pesar de las advertencias de los funcionarios sobre su ilegalidad (prevaricación).
¿Cuál es el grado de responsabilidad de los condenados? Depende de cada caso. En líneas generales, los jueces sitúan la responsabilidad en dos ámbitos concretos. El primero es la consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, desde donde se ordenaba el pago –camuflado mediante una transferencia de capital a una empresa pública instrumental (el IFA, después rebautizado como agencia Idea)– para que el dinero defraudado quedara fuera del ámbito de control de la Intervención General, dando así cobijo institucional a un procedimiento que suponía una huida del derecho público en favor de la legislación mercantil (derecho privado). Los condenados por la implantación de este sistema fraudulento son los dos exconsejeros de Empleo –José Antonio Viera, secretario general del PSOE de Sevilla; y Antonio Fernández, que se incluyó a sí mismo en un ERE de una empresa bodeguera en Jerez de la Frontera– y el exdirector general del departamento, Francisco Javier Guerrero, que en las primeras testificales de la instrucción calificó el sistema como un “fondo de reptiles”. El segundo departamento afectado es la Consejería de Economía y Hacienda, encargada de la elaboración de los presupuestos y la gestión del dinero público. A su cúpula llegaron los informes oficiales que advertían de las irregularidades, sin que sus respectivos titulares –Magdalena Álvarez, José Antonio Griñán y Carmen Aguayo– impidieran o corrigieran la situación detectada, calificada en términos jurídicos, salvo en el caso de la exministra, como malversación.
El expresidente José Antonio Griñán, a su llegada a la Audiencia de Sevilla / EFE
¿Por qué Chaves no irá a la cárcel y Griñán sí? Sustancialmente porque su grado de responsabilidad es diferente. Ambos, según la sentencia, toleraron el sistema fraudulento que desde Empleo y Hacienda se gestionó durante una década, pero mientras Chaves sólo ha sido condenado por prevaricación –adoptar una resolución ilegal a sabiendas– Griñán, antes de sucederle en San Telmo, en su condición de consejero de Hacienda, cometió un delito de malversación –condenado con seis años de prisión– al autorizar los pagos y hacer caso omiso a las advertencias de la Intervención. Es esta relación de causalidad –Griñán ocupaba uno de los vértices de la trama, sustituido después por la consejera Carmen Aguayo– la que explica la distinta valoración judicial sobre su responsabilidad penal.
¿Cuál es el origen del caso? La génesis del caso ERE, que ha terminado contaminando la gestión política de los Gobiernos socialistas en Andalucía, es municipal. Durante el mandato como alcalde de Sevilla de Alfredo Sánchez Monteseirín (PSOE), que entonces gobernaba en coalición con IU, dos directivos de Mercasevilla, la empresa municipal de alimentación, donde participa el consistorio hispalense y Mercasa, exigieron a un empresario de hostelería el pago de comisiones por instalar una escuela de hostelería en la lonja municipal. Los extorsionados grabaron el encuentro y el audio de la reunión terminó en la Fiscalía de Sevilla, entonces dirigida por la Fiscal General del Estado, María José Sagarra. Chaves almorzaba con frecuencia en el restaurante del empresario: La Raza. La causa terminó en los juzgados de instrucción. Posteriormente a las grabaciones, el comité de empresa de Mercasevilla descubrió que en esta sociedad municipal, y después en otras empresas, aparecían como beneficiarios de las pólizas de seguros sociales de los expedientes de despido colectivo personas que nunca habían trabajado en ellas ni eran parte de su plantilla –los denominados intrusos– pero que sí habían sido incluidos entre los beneficiarios por indicación del PSOE o de la Junta.
La juez Mercedes Alaya / EFE
¿Cómo funcionaban los ERE? Los despidos colectivos, supuestamente pensados para atenuar los costes sociales de las crisis empresariales en Andalucía, se convirtieron, gracias al sistema clientelar juzgado en la sentencia de los ERE, en una cadena de producción industrial. El producto, que ofrecían a empresas particulares (en situación crítica o que simplemente quisieran ahorrarse el coste legal de los despidos) era comercializado como un producto por despachos de abogados privados, empresas de seguros y sindicalistas con conexiones con la cúpula socialista que, a cambio de comisiones bastante superiores a los precios de mercado, facilitaban el camino. Los trabajadores eran despedidos y las indemnizaciones y, en su caso, los planes de prejubilación pasaban a ser sufragados con el presupuesto autonómico. Los costes de los despidos se socializaban; los beneficios (comisiones, ahorros, etc) se privatizaban. El sistema camuflaba bajo una supuesta solidaridad lo que, en realidad, era un negocio ejercido en régimen de monopolio y completamente opaco. Las subvenciones no las cobraron todos los trabajadores de las empresas en crisis durante el periodo investigado, sino únicamente aquellas sociedades mercantiles elegidas por la Junta y las direcciones provinciales del PSOE, que aprovechaban los trámites para incorporar como beneficiarios a familiares y personas sin relación laboral con las entidades, comprando así favores empresariales y personales.
¿Existen más causas abiertas? Sí. Además de la pieza política, que ya es cosa juzgada, existen al menos 150 causas más –correspondientes a cada una de las ayudas– abiertas en los juzgados ordinarios. Otras están todavía por investigarse. Los políticos y altos cargos del PSOE no podrán volver a ser encausados en cada uno de estos sumarios, pero sí las empresas que cobraron el dinero. Buena parte de estas causas están estancadas en los juzgados desde que la juez Alaya, la instructora principal, perdió la jurisdicción sobre los ERE en favor de la magistrada Núñez Bolaños, su sustituta, a la que la Fiscalía acusa de dilatar su instrucción sin motivo y dejar morir los casos con riesgo cierto de prescripción. La denuncia del Ministerio Público contra Núñez Bolaños está siendo investigada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). La juez se encuentra desde el inicio de este proceso de baja laboral. Los sumarios han sido confiados mientras tanto a un juez sustituto.
La exministra Magdalena Álvarez, a su llegada a la Audiencia de Sevilla / EFE
¿Qué ocurre con las empresas que recibieron los fondos? Es una de las grandes preguntas. Dependerá de los plazos legales y de cómo se resuelva la investigación que afecta a la magistrada Núnez Bolaños. En todo caso, la sentencia de la Audiencia establece, en contra del criterio que venía aplicando esta juez, que las ayudas de los ERE no se pagaban realmente a los trabajadores, sino a las distintas empresas que impulsaban los despidos colectivos, lo que deja sin su principal argumento de defensa a los empresarios afectados, a los que además de por los procedimientos administrativos –el Gobierno de PP y Cs anunció ayer que reclamará la devolución de las subvenciones indebidamente cobradas–, los jueces pueden imponer medidas cautelares de índole económica para cubrir las posibles responsabilidades derivadas de la aplicación de un sistema clientelar considerado, mediante una sentencia en vigor de un órgano con competencias superiores a las de cualquier juzgado ordinario, ilegal.