El juez Vidal pide su jubilación cinco meses después de reincorporarse a la carrera judicial
El polémico magistrado y exsenador de ERC fue inhabilitado durante tres años por elaborar una Constitución para una Cataluña independiente y es titular de un juzgado de lo Social de Barcelona
13 agosto, 2019 22:51El polémico magistrado y exsenador de ERC Santiago Vidal --inhabilitado durante tres años en 2015 porparticipar en la elaboración de una Constitución para una Cataluña independiente e investigado por la organización del 1-O, aunque finalmente no ha sido procesado-- ha solicitado su jubilación voluntaria, apenas cinco meses después de que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) le asignara, tras sus reclamaciones para volver a ejercer, la titularidad del Juzgado de lo Social número 27 de Barcelona.
Vidal, que cumplió 65 años el pasado 15 de julio, ha pedido al órgano de gobierno de los jueces su jubilación voluntaria --pese a que la ley le faculta a trabajar hasta los 70 años--, y esta se producirá el próximo 31 de diciembre. El traslado de la propuesta y los requisitos establecidos en la misma fue aprobado el pasado 9 de agosto por la última comisión permanente del CGPJ celebrada antes de las vacaciones de verano.
El Supremo revocó el veto del CGPJ
Vidal obtuvo su plaza el pasdo mes de marzo en cumplimiento de una sentencia del Tribunal Supremo que le permitía reingresar en la carrera si bien le obligaba a presentarse a un concurso de traslados, puesto que la sanción que se le impuso conllevó su pérdida de destino en la Audiencia Provincial de Barcelona.
Tras cumplir la sanción, en marzo de 2018 Vidal solicitó su reingreso, pero el CGPJ se opuso al considerar que sus manifestaciones e intervenciones públicas efectuadas mientras estaba suspendido en funciones revelan su "falta de lealtad a las instituciones del Estado y a la Constitución", una decisión que el Supremo revocó.
Aprovechó una sentencia del Constitucional
La sentencia del Supremo sobre Vidal derivó de una del Tribunal Constitucional (TC) que anuló un artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) que fue utilizado en el caso de Vidal para hacer una valoración de su aptitud y rechazar su reingreso automático a la carrera: el artículo, según el tribunal de garantías, generaba una "incertidumbre insuperable" que lo hacía inconstitucional.
Vidal tenía la obligación de participar en el primer concurso en el que se anunciaran plazas de su categoría, solicitando todas las vacantes hasta obtener destino en propiedad, y obtuvo finalmente plaza en los juzgados de lo Socioal de Barcelona, aunque no tiene intención de ejercer hasta el tope de edad que le permite la ley y por ello ha tramitado su jubilación voluntaria.