Carles Puigdemont, prófugo de la Justicia española

Carles Puigdemont, prófugo de la Justicia española

Política

Llarena mantiene la orden de detención contra Puigdemont

El 'expresident' también solicitaba la suspensión del procedimiento judicial contra él tras ser proclamado miembro electo de la Eurocámara

15 junio, 2019 14:16

Nuevo varapalo judicial para el expresident prófugo El instructor de la causa del procés en el Tribunal Supremo, Pablo Llarena, ha rechazado dejar sin efecto la orden de detención e ingreso en prisión que mantiene vigente contra Carles Puigdemont, que se encuentra en Bélgica, y también contra el exconsejero catalán Antoni Comín.

Los políticos independentistas realizaron la petición para poder acudir a jurar su cargo de europarlamentario ante la Junta Electoral Central (JEC) sin ser arrestados, y solicitaban además que se suspendiera el procedimiento judicial contra ambos hasta que se tramitase la autorización de la Eurocámara, al alegar que su inmunidad se origina desde el momento en que fueron proclamados electos, el pasado 26 de mayo. Sin embargo, el magistrado considera que Puigdemont y Comín han interpretado de forma errónea el Protocolo sobre los Privilegios y las inmunidades de la Unión Europea.

Interpretación errónea

Según Llarena, el articulo 9 de ese Protocolo en el que se apoyan los solicitantes, hace pivotar el régimen de inmunidades en dos circunstancias acumulativas que no se dan en el presente caso: que el Parlamento Europeo esté "en período de sesiones" y que la inmunidad se reconoce a "sus miembros".

Así, y al hilo de lo señalado ayer en otro auto por la sala que ha juzgado el procés en el caso del exvicepresidente en prisión preventiva Oriol Junqueras --a quien se denegó el permiso para realizar el mismo trámite--, Llarena recuerda que la condición de miembro del Parlamento Europeo se produce en dos fases. La primera, ante la Junta Electoral Central para jurar o prometer la Constitución, y la segunda, para tomar posesión y adquirir así la condición de miembros del Parlamento.

Inmunidad

La resoluciónt también señala que para ostentar la inmunidad, no basta con ser miembro electo del Parlamento sino que se requiere además que la cámara esté en período de sesiones. Es decir, en una fase posterior a la proclamación de los electos.

El magistrado se apoya en doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y en el propio fundamento de la inmunidad, que persigue preservar el buen funcionamiento de la institución y la independencia de los diputados en el ejercicio de sus funciones.