Alcaldes de Cataluña muestran su alegría en el Parlament tras aprobarse la declaración unilateral de independencia (DUI) / EFE

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Política

La JEC insta a los alcaldes 'indepes' a acatar la Constitución de forma 'incondicional'

Considera que la fórmula de juramento o promesa "por la república catalana" no se ajusta a la legislación española

10 junio, 2019 19:45

La Junta Electoral Central (JEC) ha recordado hoy en una resolución que los futuros alcaldes deben manifestar su voluntad "incondicionada" de acatar la Constitución" cuando prometan o juren el cargo.

El pronunciamiento de la JEC responde a una consulta presentada por Impulso Ciudadano y Aixeca't-Levántante, entidades contrarias al secesionismo, sobre la fórmula de juramento promovida promovida por la Associació de Municipis per la Independència (AMI), para la toma de posesión de los cargos electos de las corporaciones locales.

Ambas asociaciones querían saber si prometer o jurar el cargo "por la república catalana" es compatible con la fórmula que contempla el artículo 108.8 de la LOREG (Ley Orgánica de Régimen Electoral General).

La Junta ha resuelto que el artículo 9.1 de la Constitución Española establece que “los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.” En este sentido, con arreglo al art. 108.8 de la LOREG y de conformidad con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en esta materia, la JEC entiende que "solamente pueden reputarse válidas aquellas fórmulas que expresamente manifiesten la voluntad incondicionada de acatar la Constitución".

Campaña de la AMI

La iniciativa de la AMI fue presentada el pasado 6 de mayo y se enmarca en la campaña Regidor per la República. La intención era que los electos que salieran de las elecciones municipales del 26 de mayo juren o prometan su cargo comprometiéndose con la república Catalana, "ya que es la única manera que tenemos de garantizar nuestros derechos básicos y fundamentales" , según el presidente de la entidad, Josep M. Cervera.

Aseguran los responsables de la AMI que la fórmula cuenta con "amparo legal" de un informe jurídico, pero que ha de leerse una vez hecha la promesa o juramento previsto en la LOREG.