Carles Puigdemont, durante un acto público en una universidad / EFE

Carles Puigdemont, durante un acto público en una universidad / EFE

Política

El TC rechaza los recursos de Puigdemont, Junqueras y Romeva

El Constitucional mantiene la suspensión como diputados de los políticos de ERC en prisión y considera "prematuras" las quejas del prófugo

26 febrero, 2019 15:59

El Tribunal Constitucional (TC) ha decidido por unanimidad mantener la suspensión como diputados de Oriol Junqueras y Raül Romeva, mientras son juzgados por el procés independentista hasta que exista un pronunciamiento sobre el fondo del asunto. También por unanimidad ha rechazado el recurso de amparo interpuesto por el expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y los exconsellers Clara Ponsatí y Lluis Puig contra su procesamiento en la causa, al estimar que sus quejas son "prematuras" y no han agotado la vía judicial previa. 

El juez instructor Pablo Llarena, en una decisión confirmada por la sala de recursos de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, acordó esa suspensión de acuerdo con el artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamento Criminal.

Junqueras y Romeva pidieron amparo al Constitucional al estimar que se vulneraron sus derechos fundamentales. Y solicitaron una suspensión cautelar de esa medida hasta la resolución del recurso. Pero el TC ha dictado un auto en el que argumenta que suspender esa decisión "equivaldría a anticipar un eventual fallo estimatorio del recurso de amparo y supondría inaplicar temporalmente una norma de rango legal".

Alegaciones

Los dos exdiputados de ERC en el Parlamento de Cataluña sostienen que se ha vulnerado su derecho al juez ordinario predeterminado por la ley o al juez imparcial como manifestación de la tutela judicial efectiva, y el derecho a un proceso con todas las garantías. Y también el derecho fundamental a la legalidad penal, al ejercicio de cargo público sin perturbaciones ilegítimas y el derecho a la libertad ideológica y de expresión.

Los recurrentes aludieron además a una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de 20 de noviembre de 2018, que urgió a Turquía a acabar con la prisión provisional del expresidente del partido de oposición prokurdo HDP, Selahattin Demirtas, encarcelado desde hace más de dos años.

El exvicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, durante la tercera jornada del juicio del 'procés' en la Sala de Plenos del Tribunal Supremo / EFE

El exvicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, durante la tercera jornada del juicio del 'procés' en la Sala de Plenos del Tribunal Supremo / EFE

Oriol Junqueras, durante el juicio del 'procés'

El TC responde que “el pronunciamiento excede manifiestamente del objeto propio de un incidente de suspensión. Sólo al pronunciar la decisión de fondo, en forma de sentencia, habremos de examinar el ajuste de las resoluciones judiciales impugnadas a las exigencias propias del art. 23 de la Constitución”. Y argumenta que si se pronunciara ahora sobre asuntos como la medida de prisión y su influencia en el ejercicio del cargo público "estaría inmiscuyéndose en el ejercicio de una vertiente de la potestad jurisdiccional, como es la tutela cautelar, adoptando una decisión que sólo al órgano judicial (Tribunal Supremo) corresponde”.

Quejas "prematuras" de Puigdemont

Por lo que respecta a los recursos de amparo de Puigdemont, Ponsatí y Puig contra su procesamiento en la causa del "procés", el TC responde que sus quejas son "prematuras" y no han agotado la vía judicial previa.

En octubre, el TC dictó una providencia en la que admitió a trámite el recurso contra el auto de procesamiento del juez Pablo Llarena, pero tras estudiar a fondo las pretensiones de la demanda decide no admitirlo en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Cándido Conde-Pumpido.

Una imagen de Carles Puigdemont valorando las penas pedidas por la Fiscalía para los presos independentistas / TWITTER

Una imagen de Carles Puigdemont valorando las penas pedidas por la Fiscalía para los presos independentistas / TWITTER

Puigdemont, en su mansión

Puigdemont, Ponsatí y Puig, huidos de la Justicia y procesados por rebelión, desobediencia y malversación, alegaron que se habían vulnerado los derechos fundamentales al juez ordinario predeterminado por la ley, a la tutela judicial efectiva que asegura el derecho de asistencia letrada, y los derechos a un juez imparcial y a un proceso con todas las garantías.

Según explica el TC, hay que agotar la vía judicial en la que se han producido las supuestas vulneraciones de derecho fundamentales y el proceso penal en cuestión aún no ha concluido.