El Tribunal Constitucional ha declarado nula la tramitación de la declaración unilateral de independencia (DUI) aprobada por la Mesa del Parlament el pasado 27 de octubre. El Alto Tribunal ya se había pronunciado al respecto, pero ahora da la razón al PSC, que presentó un recurso de amparo.
En esa sentencia, notificada hoy, los jueces anulan la admisión a trámite para su debate y aprobación en el Pleno de la Cámara catalana, de las propuestas de resolución denominadas "Declaración de los representantes de Cataluña" y "Proceso constituyente", presentadas por Junts pel Sí (CDC y ERC) y ERC. También anula el acuerdo, de esa misma fecha, en la que se desestima la reconsideración de la tramitación presentada por los socialistas.
Derechos vulnerados
El alto Tribunal entiende que se ha vulnerado “el derecho a ejercer las funciones representativas con los requisitos que señalan las leyes (artículo 23.2 de la Constitución)”, en conexión con “el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos a través de sus representantes (artículo 23.1)”.
En un segundo fallo, notificado también hoy, el TC declara nulo el acuerdo de la mesa del 4 de octubre, que admitió a trámite la solicitud de comparecencia en el Pleno del presidente de la Generalitat para valorar los resultados del referéndum del 1 de octubre y sus efectos “de acuerdo con el artículo 4 de la Ley del Referéndum de Autodeterminación”. El TC rechaza el acuerdo de la Mesa, también de 4 de octubre, que rechazó la petición de reconsideración del PSC.