JxCat registra la reforma de la ley para investir a Puigdemont sin ERC
La lista del expresidente solicita que se tramite la norma por el procedimiento de lectura única, el mecanismo de máxima urgencia
9 febrero, 2018 18:15Junts per Catalunya ha registrado la tarde de este viernes, 9 de febrero, en el Parlament la reforma de la ley para investir a Carles Puigdemont a distancia. Lo ha hecho en solitario, sin el aval de ERC, y ha solicitado que se tramite por el procedimiento de lectura única, el mecanismo de máxima urgencia de la Cámara catalana. El contenido de la proposición se puede leer en este enlace.
Se trata de una propuesta para modificar la Ley de la Presidencia de la Generalitat, firmada por Elsa Artadi, que permitiría investir a un candidato ausente. El partido de Puigdemont ha registrado la iniciativa dos días después de que los republicanos advirtieran de que la ven poco viable porque sería impugnada de forma inmediata ante el Tribunal Constitucional (TC) y abriría un nuevo contencioso con el Estado.
Dos artículos
JxCat busca forzar así un acuerdo que permita desbloquear la legislatura, sin descartar aún la investidura de Puigdemont, pese a que en los últimos días el debate había virado hacia un nombre alternativo para presidir la Generalitat. ERC responde a esta presión diciendo que solo avalará un "acuerdo global de legislatura" que derive en dos hechos: el reconocimiento a los miembros destituidos del Govern en Bruselas y el acuerdo para una investidura operativa en Cataluña.
La proposición de ley de modificación de la Ley 13/2008 consta de dos artículos. El primero señala que "en caso de ausencia, enfermedad o impedimento del candidato" a la investidura en el momento de presentar el programa de gobierno y solicitar la confianza del Parlament, el pleno podrá "autorizar, por mayoría absoluta, la celebración del debate de investidura sin la presencia o sin la intervención del candidato o candidata".
"En este caso, la presentación del programa y la solicitud de confianza de la cámara se podrá hacer por escrito o por cualquier otro medio previsto en el reglamento", añade.
Posibilidad de constitución
El segundo artículo de la proposición plantea que "todos los órganos colegiados previstos en esta ley se pueden constituir, convocar, celebrar sus sesiones, adoptar acuerdos y remitir actos tanto de forma presencial como a distancia, salvo que su reglamento interno recoja expresa y excepcionalmente lo contrario".
"En las sesiones que celebren los órganos colegiados a distancia, sus miembros podrán encontrarse en diferentes lugares siempre que se asegure por medios electrónicos, considerando también como los telefónicos, y audiovisuales, la identidad de los miembros o personas que los suplan, el contenido de sus manifestaciones, el momento en que estas se producen, así como la interactividad e intercomunicación entre ellos en tiempo real y la disponibilidad de los medios durante la sesión", prosigue el artículo.
Validez de correo electrónico y videoconferencias
Entre otros, dice el texto: "Se consideran incluidos entre los medios electrónicos válidos el correo electrónico, las audioconferencias y las videoconferencias".
En la exposición de motivos, la propuesta de JxCat alega que la propia normativa catalana "prevé las situaciones de ausencia, enfermedad o impedimento" del presidente de la Generalitat, en las cuales "la sustitución o suplencia opera automáticamente". En cambio, la ley no prevé "cuando estos supuestos de ausencia, enfermedad o impedimento se producen en el momento de su elección", por lo que es "necesario introducir una modificación en el procedimiento de elección".