Es el turno de los recursos a la sentencia del caso Palau.
Después de que la Fiscalía y el expresidente del Palau de la Música Fèlix Millet anunciasen su disconformidad con las penas impuestas, llega el turno del que fuera su mano derecha en la institución, Jordi Montull, y la hija de éste, Gemma; del extesorero de CDC Daniel Osàcar y de CDC. Todos ellos llegarán hasta el Tribunal Supremo con sendos recursos.
Las condenas
La Sección 10 de la Audiencia de Barcelona condenó a Fèlix Millet a nueve años y ocho meses de prisión y a Jordi Montull, a siete años y medio por el saqueo de la entidad musical.
A Gemma Montull la condenó a cuatro años y medio de cárcel, y al extesorero de CDC Daniel Osàcar a cuatro años y cinco meses de prisión por un delito de tráfico de influencias.
Además, la audiencia ha considerado probado que CDC cobró 6,6 millones de euros en comisiones irregulares a través del Palau de la Música Catalana que Ferrovial pagaba en concepto de patrocinios pero que llegaban al partido a cambio de adjudicaciones de obra pública.
Desvío de dinero
Según la sentencia, Fèlix Millet, junto a Jordi y Gemma Montull, montó un entramado que "permitió el destino ilegal de más de 23 millones, el desvío para fines privados de cantidades millonarias, el pago de comisiones a CDC, el pago de facturas por servicios no prestados, la presentación de recibos por pagos no correspondientes" y fraude a Hacienda.
El tribunal afirma que Millet y Montull "hicieron frente a importantes gastos particulares, provocándose un enriquecimiento injusto" con fondos de la Fundació, la Associació y el Consorci del Palau.
Entre estos gastos están, por ejemplo, las bodas de las hijas de Millet en 2000 y 2002: "El total de fondos de la Fundació indebidamente destinados a sufragar los ostentosos enlaces de las hijas de Fèlix Millet ascendió a 164.269,93 euros", afirma el tribunal.
Recurrirán la absolución de Ferrovial
La Fiscalía Anticorrupción de Barcelona ha anunciado esta misma semana que presentará un recurso de casación contra la absolución de los dos exdirectivos de Ferrovial Pedro Buenaventura y Juan Elízaga de un delito societario de administración desleal y de tráfico de influencias.
El criterio de la Fiscalía difiere del tribunal ya que considera que estos delitos no están prescritos, según informaron este lunes fuentes de la Fiscalía de Barcelona.
Además, la Federación de Asociaciones de Vecinos de Barcelona (FAVB), que ejerció de acusación popular, tiene previsto no recurrir la sentencia pero su estrategia pasará por impugnar los recursos de los condenados o valorar si se adhieren al recurso de la Fiscalía, han explicado a Europa Press fuentes de la federación.