En Lleida, Barcelona y Tarragona distintos jueces han recibido denuncias sobre la supuesta pasividad de los Mossos d'Esquadra en la persecución de aquellos que han vulnerado la legalidad durante el 1-O, y también contra la Guardia Civil y el CNP por su desproporcionada actuación en las cargas policiales.
En la provincia interior, además, se da la circunstancia de que ha sido un juez de instrucción quien, de forma unilateral, ha decidido abrir diligencias de investigación criminal de oficio por lo que entiende como “pasiva actuación de los Mossos en la ejecución de las órdenes del Tribunal Constitucional y del TSJC”.
No acataron las órdenes
Según el juez leridano, los mossos que actuaron en determinados colegios de esa ciudad “no procedieron según a derecho ni acataron las órdenes judiciales”, por ello les abre unas diligencias de investigación por desobediencia a partir de un tipo penal agravado por su condición de agentes de la autoridad. La primera determinación del juez será la reclamación de los números de identificación policial de los policías intervinientes.
Por otro lado, en el juzgado de El Vendrell también se ha abierto una investigación a partir de la denuncia de un particular. Según ese escrito, la policía autonómica no sólo no impidió la votación sino que actuó de forma connivente con los organizadores del algunas de las mesas. Según ha podido confirmar este medio, la juez se ha puesto ya en contacto con el ABP (Área Básica Policial) de El Vendrell para pedirle explicaciones a su máximo responsable.
Al 7 le toco el “Gordo”
El que va a tener que asumir (probablemente, acumular) el grueso de las denuncias contra los Mossos en la ciudad de Barcelona es el Juzgado de Instrucción número 7, a quien también ha ido a parar (al estar de guardia) la querella de la Generalitat contra la Guardia Civil y el CNP por los excesos en las cargas policiales y, además, otra denuncia de un particular contra los organizadores del referéndum por el uso de información personal protegida.
En todos los casos, la actuación se circunscribirá a los autores concretos de las supuestas infracciones penales, nunca, según las fuentes judiciales consultadas, contra la institución a la que pertenecen.