El Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, encabezado en funciones por José Manuel García-Margallo, ha presentado un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) contra los decretos de creación de las delegaciones de la Generalitat de Cataluña en Dinamarca, Polonia, Croacia y Ginebra.
La sección quinta de la sala del Alto Tribunal se encargará de valorar si el Gobierno de Carles Puigdemont ha cometido alguna falta en ampliar la red de las denominadas embajadas catalanas. Será capital para que tome una decisión en un sentido u otro la resolución que el Tribunal Constitucional (TC) tienen pendiente de publicar sobre la Ley de Acción Exterior y relaciones con la Unión Europea, la norma marco que regula la actividad exterior de la Generalitat. Fue recurrida por el Gobierno central a principios de 2015.
Nuevas oficinas en septiembre
Algunos preceptos de la ley están suspendidos de forma cautelar desde el verano de 2015, cuando la máxima autoridad jurídica del país hizo una primera valoración de la polémica Ley. Decretó que el Gobierno catalán podía crear delegaciones y oficinas sectoriales “en los países y áreas geográficas que considere prioritarios para la promoción de los intereses de Cataluña, atendiendo las necesidades reales del país y en coherencia con el plan estratégico de acción exterior y de relaciones con la Unión Europea”.
Bajo este precepto, la consejería de Asuntos y Relaciones Institucionales y Exteriores amplió a principios de septiembre la red exterior. El responsable del área, Raül Romeva, indicó que el principal objetivo de las nuevas oficinas era favorecer la internacionalización de la economía, la cultura y el conocimiento de Cataluña.
Además de los territorios que se señalan en el recurso del TSJC, que ha sido anunciado en el Diari Oficial de la Generalitat de este jueves, también se trabaja para inaugurar oficinas en Copenhague, los Países Bálticos (Varsovia) y los Balcanes (Zagreb).
Artículos anulados de forma cautelar
Romeva tuvo mucho cuidado de no hacer ninguna referencia a los artículos de la Ley catalana que regula las embajadas que fueron anulados de forma cautelar por el TC. Se trata de la regulación de la “diplomacia pública” de Cataluña y el “apoyo a la internacionalización de la sociedad civil”, la “proyección internacional de la ciudadanía catalana”, de las “asociaciones de la sociedad civil que actúan en el ámbito de la acción exterior”, la “comunicación exterior del Gobierno” y su coordinación.
Es decir, los preceptos con el carácter independentista más marcado. La norma recurrida es uno de los pilares de las denominadas estructuras de estado y se espera una resolución antes de que termine el ejercicio o en los primeros meses de 2017.