Tres años y nueve meses por tirarle una botella a un antidisturbios durante los disturbios de 'Can Vies'
La condena se dicta solo con el testimonio de los agentes, sin pruebas materiales ni otros testigos. Una periodista gráfica, condenada a un año por lanzar una piedra a un policía.
2 febrero, 2015 21:12Dura condena de cárcel para uno de los acusados por los incidentes de mayo del año pasado en el barrio barcelonés de Sants, en protesta por el desalojo de Can Vies. Tres años y nueve meses de cárcel, por atentado contra la autoridad. El condenado arrojó una botella contra un agente antidisturbios, según considera probado la sentencia.
El juzgado número 28 de Barcelona ha impuesto este lunes penas de cárcel para cuatro de los acusados por los incidentes que se produjeron en las protestas contra el desalojo de la finca Can Vies, propiedad del Ayuntamiento de Barcelona y emblemática para el movimiento okupa y la izquierda alternativa del barrio y de la ciudad. La pena más grave, tres años y nueve meses, ha recaído en Quim N. por atentado a agente de la autoridad con uso de instrumento peligroso, con el agravante de disfraz.
Según ha considerado demostrado la sentencia, el 29 de mayo de 2014 Quim N. arrojó una botella de cristal a un agente antidisturbios de los Mossos d'Esquadra. La botella impacto en el escudo que portaba el agente y no produjo ningún daño. El juez ha aplicado la agravante de uso de disfraz. Quim N. llevaba la cara tapada con una bufanda. La condena se basa exclusivamente en el testimonio de los agentes de los Mossos d'Esquadra, sin otros testimonios ni pruebas materiales -como podrían ser fragmentos de la botella, o la propia bufanda-. El agente que recibió el impacto no declaró como testigo, y el juez consideró "innecesario" que lo hiciera.
Una periodista gráfica, también condenada
Los otros tres condenados han recibido penas menores, inferiores a dos años, por lo que en principio, y si no tienen antecedentes penales, podrían no ingresar en prisión.
El juzgado condena a un año de cárcel a Sebastián V. y a la periodista gráfica Paula J., también por los delitos de atentado a agente de la autoridad, y concretamente por lanzar sendas piedras a los agentes. En el caso de Paula J., la sentencia no duda de su condición de periodista, pero precisa que no hay que considerar "imposible" que un periodista arroje una piedra. La sentencia también considera como "provocación evidente" que, poco antes de su detención, la periodista fotografiara a agentes de paisano.
También ha sido condenado, a ocho meses de cárcel, Arturo L. por resistencia a la autoridad. Otro acusado, Arturo S. por desórdenes, ha resultado absuelto.