Primer paso hacia la "prisión permanente revisable" para los delitos más graves
La reforma del Código Penal pasa el primer trámite con los votos del PP y UPN. La oposición la califica de "chapuza" por introducir una suerte de cadena perpetua, que no está permitida en la Constitución.
22 enero, 2015 09:40El Congreso de los Diputados ha aprobado la propuesta de reforma del Código Penal, que recoge los delitos y penas previstas en el ordenamiento jurídico. A pocos meses de las elecciones y en un momento de descrédito general por los casos de corrupción, el PP ha querido dar prioridad a esta reforma que incluye penas más duras contra la corrupción y la "prisión permanente revisable" para casos especialmente graves.
Esta reforma se ha aprobado con los votos del PP y UPN. La oposición ha criticado el nuevo Código Penal calificándolo de "chapuza" por introducir una suerte de cadena perpetua -abolida con la Constitución de 1978- a través de esta "prisión permanente revisable". El PP, sin embargo, ha defendido la constitucionalidad de la medida, alegando que ha sido aprobada por los órganos consultivos del Estado y lo ha avalado el Tribunal de Derechos Humanos y un informe del Consejo de Estado.
Para casos de excepcional gravedad
Esta figura se circunscribe a casos de excepcional gravedad, como el asesinato del jefe de Estado o de su heredero. También para casos de genocidio o de homicidio de menores de 16 años y de personas en situación de vulnerabilidad. El condenado cumplirá como mínimo de 25 años de cárcel antes que un tribunal específico avalúe cada 24 meses si puede salir.
El ministro de Justicia, Rafael Catalá, no seguirá al pie de la letra la reforma de ley propuesta por su antecesor, Alberto Ruiz Gallardón. Catalá ha dejado al margen la custodia de seguridad que establecía un periodo de vigilancia posterior al cumplimiento de la pena en casos de delitos de especial gravedad. Esta es una de las pocas victorias de la oposición.
Corrupción y protección de los menores
Otros delitos han sido incluidos con el fin de dotar de una mayor protección a los menores. Entre ellos, el delito de pornografía infantil, el matrimonio forzado o la explotación sexual. Asimismo, la edad mínima para mantener relaciones sexuales se incrementa: de los 13 a los 16 años.
Los condenados por corrupción lo tendrán más difícil para acceder a la libertad condicional. Antes deberán devolver todo o una parte del capital acumulado de manera ilegal. También hay un capítulo nuevo relativo a la financiación ilegal de partidos: se pagará con penas de cárcel las donaciones que superen el medio millón de euros. Y serán susceptibles de condena tanto los destinatarios de los fondos como los donantes.