La Fiscalía Superior de Cataluña ha presentado este viernes ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) una querella contra el presidente de la Generalidad de Cataluña, Artur Mas; la vicepresidenta autonómica, Joana Ortega; y la consejera de Eseñanza, Irene Rigau, por haberse "negado abiertamente a dar el debido cumplimiento a una resolución emanada del máximo intérprete de la Constitución", organizando la consulta independentista del 9N -denominada "proceso de participación ciudadana"- que había sido suspendida por el Tribunal Constitucional (TC).

El escrito -firmado por el fiscal superior de Cataluña, José María Romero de Tejada- acusa a Mas, Ortega y Rigau de cuatro delitos: desobediencia, prevaricación, usurpación de atribuciones judiciales y malversación de caudales públicos.

Penas de prisión y de inhabilitación para cargo público

El delito de desobediencia conlleva una multa de de tres a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años. La usurpación de funciones prevé penas de prisión de seis meses a un año, multa de tres a ocho meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.

La prevaricación administrativa lleva asociada la inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años. Y la malversación de caudales públicos está penado con una multa es de seis a doce meses y la suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a tres años. Además, ordena reitegrar la cantidad malversada, en caso contrario, se aplicarían penas de tres a seis años e inhabilitación absoluta por tiempo de seis a diez años.

Recoge las palabras de Mas asumiendo la responsabilidad del 9N

Sobre la presunta desobediencia, insiste en que sabían que la consulta prevista inicialmente -primero- y el proceso participativo -después- habían sido suspendidos, y alude a estas declaraciones de Mas: "Si la Fiscalía quiere conocer quién es el responsable de abrir los colegios que me miren a mí, el responsable soy yo y mi gobierno".

Aclara que no es necesario que la negativa del Gobierno autonómico a cumplir la decisión del TC fuese expresa, sino que "esa voluntad puede deducirse, tanto en comportamientos activos como omisos, expresos o tácitos".

Una consulta "planificada, auspiciada y financiada" por la Generalidad

También recuerda que fue "una consulta planificada, auspiciada y financiada" por la Generalidad, que el contenido de la suspensión no dejaba margen a la duda y que, pese a eso, los tres querellados participaron en su fomento de manera personal y directa, dice literalmente.

En lo relativo a la posible obstrucción a la justicia o usurpación de atribuciones judiciales, la Fiscalía argumenta que los querellados con sus decisiones y participaron en diferentes actos "han obstruido la vigencia de los mandatos del TC en una parte sustancial del territorio nacional".

Apoyo material y personal, buzoneo, web y sedes en el extranjero

Sobre la presunta prevaricación administrativa continuada recuerda que la Generalidad dio "soporte material y personal al proceso de participación" y, en concreto, contrató servicios a la empresa de buzoneo Unipost para hacer llegar una carta a los catalanes animándolos a participar.

También adoptaron decisiones para proceder a la apertura de locales tanto en colegios públicos como sedes de la Generalidad en el extranjero y mantuvieron abierta la página web sobre información para votar, recuerda la Fiscalía.

Actuaron para "hacer prevalecer su voluntad" por encima de la suspensión del TC

Cree que las decisiones adoptadas por el Gobierno autonómico a partir del 4 de noviembre "confirman la persistencia de una voluntad de sobreponer la propia visión partidista de la realidad sobre el deber de ejercer sus atribuciones administrativas de manera objetiva y conforme a derecho".

"Solo aspiran a hacer prevalecer su voluntad sobre el contenido de las decisiones que al respecto había adoptado el Tribunal Constitucional", añade la Fiscalía.

Las acciones para organizar el 9N en contra del TC no son "actos políticos"

Sostiene que las múltiples decisiones adoptadas, como mantener la página web, la apertura de colegios o contratación de servicios "no pueden ser reputadas como actos políticos a los efectos de quedar fuera del ámbito del delito de prevaricación administrativa".

En este sentido, cree que el 9N no puede equipararse en su valoración como la declaración de soberanía que había proclamado el Parlamento autonómico, porque ésta no se había producido "violentando una decisión previa de suspensión adoptada por el Tribunal Constitucional" y tampoco comportaba una acción concreta posterior.

Finalmente, ve un delito de malversación de caudales públicos pues "se ha incurrido en gasto público para llevar a cabo actuaciones delictivas en tanto radicalmente opuestas a las resoluciones" del TC.

Solicita las resoluciones ordenadas por Mas, Ortega y Rigau

En cuanto a las diligencias que la Fiscalía pide practicar al TSJC, además de citar como imputados a los querellados, solicita que se ordene aportar copia de todas las resoluciones que los tres miembros del Gobierno autonómico querellados adoptaron tras la suspensión.

También pide que la policía judicial traslade todo el contenido informático de la página www.participa2014.cat e informe de su fecha de creación, vigencia, "servidor en el que se encuentra alojada o persona responsable de su creación y mantenimiento".

Insta a investigar el buzoneo, las urnas y papeletas, y la cesión de los colegios

Pide que la empresa de buzoneo aclare de dónde proceden los datos usados para enviar la correspondencia y su contrato con la Generalidad, y a la Consejería de Presidencia toda la documentación relativa a las urnas y las papeletas.

Además, quiere que la Alta Inspección de Educación y Cataluña recabe toda la información que pueda sobre las actuaciones de la Consejería de Enseñanza en cuanto a reuniones con directores de los colegios para su cesión para el 9N.