La Fiscalía de Barcelona ha presentado un informe ante el Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Barcelona en el que avala el recurso presentado por un vecino de Cabrils (Barcelona) contra un acuerdo del pleno municipal del pasado 27 de marzo en el que se autorizaba la cesión de los datos del padrón a la Generalidad para la celebración de la consulta independentista que promueve el presidente de la Generalidad, Artur Mas, para el próximo 9 de noviembre.
Un juzgado había suspendido cautelarmente el acuerdo municipal a principios de abril, pero unos días después levantó la suspensión siempre y cuando no se cedieran los datos del vecino demandante, Alejandro Rusiñol, que había denunciado que se vulneraba su derecho a la intimidad.
Ahora, la fiscalía argumenta que el artículo 122 del Estatuto -dedicado a las consultas populares- "no ampara la hipotética celebración de una consulta sobre el futuro político de Cataluña, entendida como sujeto político soberano", y conovocarla sería un "flagrante fraude de ley". Por ello, el Ayuntamiento no puede apelar a la Ley de Bases de Régimen Local para ceder el padrón, ya que este se utilizaría "para un fin que no compete al Gobierno de la Generalidad".
El escrito del Ministerio Público insiste en que la normativa solo permite a una administración ceder a otra "los datos de carácter personal recogidos en el ámbito de sus competencias". Una obligación que también afecta al Instituto de Estadística de Cataluña (Idescat), que puede hacer uso de los datos "exclusivamente con la finalidad de ser usados para operaciones estadísticas".