La Consejería de Enseñanza de la Generalidad de Cataluña ha emitido una resolución en la que ordena a un colegio concertado de Barcelona cumplir dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y del Tribunal Supremo, respectivamente, que instaban a dicho centro impartir educación bilingüe -en castellano y catalán- a una alumna, tal y como habían solicitado sus padres.
La Consejería también ordena al colegio que "continúe con la aplicación de su modelo lingüístico", que en la Educación Primaria -etapa en la que ya se encuentra la alumna afectada, que inició el proceso judicial hace más de cinco años, cuando estaba en la etapa Infantil- supone el uso del castellano y del catalán como lenguas vehiculares al 50% del tiempo cada una. Y, finalmente, insta al centro a emitir todas las comunicaciones que envíe a los padres también en castellano.
Se trata de una resolución sin precedentes en los últimos 35 años, y supone que por primera vez la Generalidad no solo reconoce la legalidad del bilingüismo escolar equilibrado -que implica el fin de la inmersión lingüística escolar obligatoria exclusivamente en catalán que aplica actualmente-, sino que ordena de forma explícita a un centro escolar cumplir con ese bilingüismo equilibrado que han establecido los tribunales de forma reiterada desde 1994.
Además, según fuentes jurídicas consultadas por CRÓNICA GLOBAL, esta resolución, pese a que únicamente está dirigida a ese centro escolar, supone un precedente que vincula a todo el sistema educativo catalán y puede ser invocada por cualquier padre que exija un trato similar para sus hijos.
Un recorrido jurídico de más de cinco años
El caso se remonta al año 2009, cuando los padres de una niña de P4 escolarizada en el colegio Sagrado Corazón de Barcelona solicitaron a la Generalidad que hiciese efectivo el derecho de su hija a recibir su primera enseñanza en castellano -como recoge la legislación- o, en su defecto, en las dos lenguas oficiales de Cataluña.
La Consejería le negó esa petición y se limitó a ofrecerle "atención individualizada" en castellano, consistente en darle algunas explicaciones complementarias en esa lengua, en caso de no entender las clases en catalán; un método que está prohibido por el Tribunal Supremo.
Los padres recurrieron esa situación y la justicia les dio la razón por dos veces: primero, el TSJC en mayo de 2012; y después, el Tribunal Supremo en noviembre de 2013.
Tras ello, la Inspección de Educación de la Generalidad emitió un informe sobre la atención lingüística que el centro concertado estaba proporcionando a la alumna, actualmente en cuarto de Primaria, que reflejó que esta recibía 9,5 horas semanales en catalán, otras 9,5 horas en castellano y 4 en inglés.
Una resolución frontalmente opuesta al discurso oficial
La Consejería trasladó ese informe al TSJC y, el pasado 14 de marzo, emitió la citada resolución -que está firmada por la propia consejera, Irene Rigau- en la que ordena al colegio "que se dé cumplimiento" a las dos sentencias citadas; que "continúe con la aplicación de su modelo lingüístico" que equipara castellano y catalán; "que todas las comunicaciones, circulares y cualquier otra comunicación, tanto oral como escritas que les sean dirigidas [a los padres] por el centro escolar y la Administración educativa lo sean también en lengua castellana"; y "que por parte de la Subdirección General de la Inspección de Educación se haga el seguimiento correspondiente del cumplimiento de esta resolución por parte del centro concertado".
Esta resolución choca frontalmente con la posición que tanto Rigau como el resto de miembros del Ejecutivo autonómico han mantenido públicamente en los últimos meses, asegurando que el bilingüismo escolar rompía el modelo de cohesión social de Cataluña, amenazando con no cumplir sentencias como las que ordenan impartir, al menos, el 25% de las clases en castellano, y denunciando un supuesto ataque del Gobierno contra Cataluña mediante la Ley para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), que básicamente propugna un modelo similar al de la escuela afectada por esta resolución.