Alfonso Guerra, ex vicepresidente del Gobierno y ex número dos del PSOE, participó en la elaboración de la Constitución y permanece en el Congreso desde 1977 -el único diputado-, en una entrevista en El País, este miércoles:
[...] La Constitución de 1978 logró un consenso casi unánime y quizás por eso tiene varios artículos ambiguos que se prestan a la interpretación. ¿Esa fue su mayor virtud o su mayor error?
No es tan ambigua como algunos dicen. Lo que sí es verdad es que supuso concesiones mutuas. Si la Constitución la hubiera hecho el PSOE o la UCD, sería completamente distinta. Pero esa era la historia que queríamos enterrar: que media España hace una Constitución para media España. Queríamos hacerla para todos. Entonces resulta una Constitución en la que caben todos pero en la que nadie queda totalmente satisfecho. Creo que esa es su principal virtud: más que el contenido, que el origen y la aceptación general garantizaban una Constitución por largo tiempo.
¿Pensaron que artículos con cierta ambigüedad como el 2 -que habla de la unidad de España y, a la vez, de la existencia de nacionalidades en su seno- o el 150.2 -que permite la delegación permanente de competencias estatales- podían generar conflicto en el futuro?
Esos dos artículos dieron muchísimo que hablar en el debate. Ahora, yo no diría que hay ambigüedad en ninguno de los dos, creo que hay bastante claridad. Otra cosa es que uno esté de acuerdo o no con lo que se dice. Yo combatí para que no se incluyera el 150.2, porque era un caso insólito en una Constitución: abre una vía de reforma constitucional por la puerta de atrás, de manera que las competencias que son del Estado pueden no ser del Estado, sin atender las reglas de reforma de la Constitución. Combatí mucho aquello. El argumento de los que habían acordado esa fórmula, que fueron la Moncloa y el nacionalismo catalán, era que nunca se iba a aplicar. Y yo decía: si nunca se va a aplicar, ¿por qué tenemos que dejar abierto el proceso constituyente? Fui muy contrario a ese apartado. Pero no es ambiguo, es clarísimo. Igualmente, el artículo 2 fue una de las cosas más discutidas. Y la verdad es que los nacionalismos estaban muy de acuerdo. En aquel debate el nacionalismo de CiU y PNV se pronunció contra la autodeterminación. Claro, es tremendo que al cabo del tiempo digan que siempre han defendido eso, ahora que defienden la independencia. No es verdad: sus representantes dijeron que la Constitución era ya su autodeterminación. Y ahora están en otra tesis. No son leales a lo que defendieron en 1978.
Ahora el Gobierno [autonómico] catalán apela al 150.2 para pedir la competencia para convocar referendos.
Sí, pero desde el punto de vista intelectual esa fórmula es una nadería. Una reforma de ese tipo o del Título VIII no resuelve el problema que tienen. No es que la Constitución declare la no división de España, es que el artículo 2 dice que es la Constitución la que se fundamenta en la indisoluble unidad de España; es decir que solo un nuevo proceso constituyente podría modificar eso. No se trata de traspasar competencias del Estado; es que sobre ese asunto, si no abre usted un proceso constituyente, usted no se puede pronunciar.
[...] ¿Qué opina de la propuesta del PSOE de reformar la Constitución en sentido federal?
El Estado autonómico es federal, funciona como un Estado federal. Tengo dudas de que esa reforma pueda satisfacer las aspiraciones de los dirigentes nacionalistas catalanes.
[...] El artículo 155 de la Constitución permite al Gobierno (previa autorización del Senado) tomar las "medidas necesarias" contra una autonomía que incumpla la Constitución o las leyes atentando contra el interés general. ¿Sería partidario de aplicarlo en Cataluña si la Generalidad impulsa una consulta ilegal o declara la independencia?
No sé lo que pasa en España con algunos políticos: consideran sagrado lo que diga la Constitución menos el artículo 155; ese queda apartado, parece que está en un lazareto, y que a nadie se le ocurra aplicarlo. ¿Pero qué es esto? ¿Hay un artículo condenado a estar en el lazareto? ¿Pero por qué? ¿Es que un Estado puede prescindir de una norma que le da la Constitución para cuando alguien no cumple con la ley? Estos miedos que hay, esta cobardía... Oiga, el 155 es tan constitucional como el 1, el 20 o el 40. ¿Por qué no se va a aplicar un artículo de la Constitución?
¿Cree que puede llegar a aplicarse en Cataluña?
Yo supongo que, si es convocado un referéndum y el Tribunal Constitucional dice que es ilegal y aun así la Generalidad lo lleva adelante, supongo que el Gobierno irá al Senado a que le autorice a tomar decisiones.
¿Usted sería partidario?
Es que no es que yo sea partidario, es que sería obligado para cualquier Gobierno. Un Gobierno no puede hacer dejación de sus competencias. [...]