El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el Proyecto de Ley de Tratados y otros Acuerdos Internacionales, que ahora será remitido a las Cortes Generales para su tramitación parlamentaria.
Tal como ha explicado el ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, José Manuel García-Margallo, el texto establecerá los protocolos necesarios "para estar seguros de que a través de acuerdos administrativos y no normativos [de las CCAA] no se nos cuela por la puerta de atrás materias que serían propias de un tratado internacional", que es competencia exclusiva del Gobierno.
"La asesoría jurídica internacional verificará que esto se hace como se debe hacer", ha subrayado el ministro.
El Gobierno verificará los acuerdos internacionales de las CCAA
Hasta ahora, las relaciones internacionales se regulaban mediante un decreto de 1972, que el Gobierno considera que ha quedado "absolutamente desbordado por la evolución política y legislativa constitucional" y por la evolución el derecho internacional.
La nueva normativa "ordenará la actividad del Estado en el proceso de celebración de los acuerdos internacionales", que se dividen en tres tipos: tratados (en los que se asumen derechos y obligaciones por los sujetos de derecho internacional, y que solo puede firmarlos el Gobierno), acuerdos internacionales administrativos (que ejecutan o concretan tratados internacionales, y pueden ser celebrados por CCAA y otros organismos públicos) y acuerdos internacionales no normativos (conocidos como MOUs, son declaraciones de intenciones y no pueden generar derechos ni obligaciones; pueden ser suscritos por una variada gama de actores políticos).
La ley también regulará "los mecanismos de participación de las CCAA en el proceso de celebración de tratados internacionales", lo que incluirá el "derecho a ser informadas de los tratados que afecten a sus competencias" y el "derecho a proponer al Gobierno la celebración de tratados que afecten a materias sobre las que acrediten un interés específico y posibilidad de solicitar la participación en la delegación española de negociación de un tratado".
Las CCAA podrán "celebrar por sí mismas acuerdos internacionales administrativos y acuerdos internacionales no normativos" pero, en estos últimos, el Gobierno "se reserva la competencia de verificar que la naturaleza jurídica de los mismos corresponde efectivamente a tales a acuerdos y no a la de un tratado".