Ayer se admitió a trámite con los votos del PSOE, Unidos Podemos y los grupos soberanistas la proposición de Ley Orgánica del Tribunal Constitucional que presentó el PNV y que, en la parte que hace referencia a la ejecución de las resoluciones, propone volver sustancialmente a la situación anterior a la reforma exprés que impulsó en septiembre de 2015 el PP. Hay que recordar que esta modificación ha dotado al TC de nuevos mecanismos para garantizar el cumplimiento efectivo de sus mandatos. Atribuye a sus resoluciones carácter de título ejecutivo y establece la aplicación supletoria del contencioso-administrativo. La reforma ha incorporado un régimen específico para los supuestos de incumplimiento como multas coercitivas, responsabilidades penales, suspensión de las autoridades o empleados públicos responsables del incumplimiento, o el encargo al Gobierno de la ejecución sustitutoria. La reforma del PP suscitó una gran polémica por razones de forma y fondo. Su constitucionalidad fue puesta en duda desde diversos ámbitos políticos y académicos, pero a principios de noviembre pasado el TC la validó, con ocho votos a favor y tres en contra, incluso en aquellas cuestiones más delicadas como la suspensión de cargos de públicos.
Políticamente, la reforma de 2015 se tramitó de la peor manera posible. Solo hay que recordar que fue presentada con bombo y platillo en el Congreso de los Diputados, semanas antes de las elecciones autonómicas del 27S, con la presencia injustificable de Xavier García Albiol, candidato del PP a la presidencia de la Generalitat. La experiencia de la consulta soberanista de noviembre de 2014 demostró que había algo en la ejecutoria de los autos del TC que no funcionaba, y que hacia falta por tanto ajustar sus atribuciones y competencias para garantizar la efectividad de las resoluciones. Ahora bien, una materia tan delicada como esta no debiera haberse reformado como se hizo, de manera precipitada, unilateral y al servicio de unos intereses partidistas. El PP demostró entonces muy poco sentido de Estado. El PSOE y el resto de fuerzas de la oposición votaron en contra descalificando duramente al Gobierno.
El PP demostró entonces muy poco sentido de Estado, pero también es indudable que la reforma de la ley del TC ha demostrado su utilidad en algunos aspectos
Pero también es indudable que la reforma ha demostrado su utilidad en algunos aspectos, principalmente porque ha involucrado al TC en la ejecución de sus decisiones, desarrollando la potestad de notificar “incidentes de ejecución” a cargos públicos y funcionarios. Lo sucedido con la presidenta del Parlamento catalán, Carme Forcadell, es la mejor muestra. Cuando en julio pasado se aprobaron las conclusiones de la comisión de estudio del proceso constituyente, tanto ella como el resto de los miembros de la Mesa de la Cámara catalana fueron advertidos de que no debían dar trámite a dicha votación por contravenir la sentencia de inconstitucionalidad de diciembre de 2015 sobre la resolución del proceso político separatista que dio inicio a la legislatura en Cataluña. Sin embargo, el Alto Tribunal no se sirvió de sus nuevas competencias y, de forma inteligente, no suspendió en su cargo a la presidenta, sino que instó al ministerio fiscal para que estudiase si era pertinente abrirle la vía penal. Hoy el caso está en manos del TSJC, que acusa a Forcadell de un delito de desobediencia y prevaricación, pudiendo ser inhabilitada por esos cargos. Carles Puigdemont y todos sus consellers recibieron también en agosto una notificación del TC instándoles a paralizar cualquier iniciativa que desarrolle la hoja de ruta separatista, y advirtiéndoles de las eventuales responsabilidades, incluidas las penales, si no lo hacen. Ayer mismo, unos funcionarios del TSJC notificaban a los miembros soberanistas de la Mesa del Parlamento un nuevo incidente de ejecución por permitir otra votación, en octubre, en la que se apostaba por celebrar un referéndum.
La reforma del TC ha servido para que los políticos separatistas empiecen a tentarse la ropa, y para que lo mismo hagan funcionarios de alto rango, como el exsecretario general del Parlamento catalán, Pere Sol, también investigado por desobediencia, que dimitió voluntariamente hace poco de su cargo para pasar a ser simple letrado. Así pues, sería un error mayúsculo que ahora el PSOE le pagara al PP con la misma moneda y se sumara, cuando se tramite la nueva ley del TC, a liquidar sin más toda la reforma de 2015. El año próximo se avecina de enorme tensión política porque Puigdemont está decidido a llevar a cabo el referéndum de forma indefectible, y antes se votaran en la cámara catalana una serie de leyes que, en la práctica, son una declaración de independencia.
El proceso de rebeldía en el que se encuentra la Generalitat no va a dejar lamentablemente otra opción que la aplicación en algún grado y durante cierto tiempo de ese temido e indeterminado artículo 155.2
La contrareforma que ahora propone el PNV tiene razón, no obstante, en una parte de su crítica cuando afirma que el régimen de suspensión de autoridades y empleados públicos es un mecanismo equivalente al previsto en el artículo 155.2 de la Constitución, según el cual "el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas". Pretender que sea el TC quien realice ese trabajo político es una anomalía que altera su naturaleza. El proceso de rebeldía en el que se encuentra la Generalitat no va a dejar lamentablemente otra opción que la aplicación en algún grado y durante cierto tiempo de ese temido e indeterminado artículo. Pero para ello es imprescindible que antes el Gobierno del PP busque el concurso del PSOE y C’s para diseñar una estrategia a medio y largo plazo frente al separatismo. Los catalanes no independentistas tenemos derecho a exigirles, a todos, ni que sea por una vez, un poco de sentido de Estado.