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Es oficial: la multa de hasta el 150% que Hacienda impone a los propietarios que alquilen una habitación y no lo declaren en la Renta

La multa de hasta el 150% que Hacienda impone a los propietarios que alquilen una habitación y no lo declaren en la Renta

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La Agencia Tributaria ha puesto el ojo de forma muy estricta a los propietarios que alquilen una habitación. Esta campaña de control afecta de lleno a los contribuyentes que sacan un dinero extra subarrendando espacios dentro de sus casas.

Esta medida busca sacar a la luz un mercado que no para de crecer debido a la falta de pisos y a la subida de los precios del alquiler. Si realizas esta actividad, debes saber que ocultar estas ganancias conlleva la apertura automática de un expediente con multas bastante serias.

La obligación del arrendamiento

El fisco recuerda que cualquier dinero que entre en casa por ceder una habitación debe quedar reflejado de manera muy clara en la documentación.

Los propietarios que alquilen una habitación tienen la obligación legal de incorporar estos importes dentro del apartado de rendimientos del capital inmobiliario.

No existe ninguna cantidad mínima que te permita obviar este trámite obligatorio a la hora de confeccionar el borrador. Cualquier cobro recibido por este concepto, ya sea en mano o mediante una transferencia bancaria, se considera un ingreso sujeto a impuestos.

El cálculo del porcentaje

La sanción económica que aplica Hacienda no es una cifra fija para todo el mundo, sino que se calcula de manera proporcional al dinero que se ha ocultado.

Las multas fiscales se dividen en tres niveles de gravedad dependiendo de si hay una intención clara de engañar o si eres reincidente.

La penalización más baja parte de un mínimo del 50% de la cantidad que se dejó de pagar. Sin embargo, en los casos que los inspectores consideran muy graves, este castigo financiero puede escalar hasta alcanzar una cifra del 150%.

Las deducciones por gastos

A pesar de este control tan severo, la normativa fiscal también te permite aplicar ciertos incentivos para rebajar la factura final de tus impuestos.

Los dueños pueden restar de forma proporcional los gastos necesarios para el mantenimiento y el día a día del espacio que han cedido al inquilino.

Entre estos conceptos deducibles se encuentran los costes de los suministros esenciales como el agua, el gas, la luz o la factura de internet de la casa.

También es posible desgravar la parte proporcional de las tasas de basura, el seguro del hogar o el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).

Los límites de reducción

Un cambio muy importante que conviene conocer al detalle es que este tipo de contratos por habitaciones no tiene los mismos beneficios que el alquiler de un piso entero.

La conocida reducción fiscal por alquiler de vivienda habitual no se puede aplicar cuando lo que se cede es solo un espacio individual.

Hacienda determina que este formato se rige por normas distintas porque no cubre la necesidad de hogar de una forma global y permanente. Por lo tanto, quienes arriendan espacios compartidos deben pagar impuestos por el 100% del rendimiento neto que obtengan, sin derecho a ninguna bonificación.

Qué puedes hacer ahora

Si te encuentras en esta situación y olvidaste incluir estos ingresos en tu última declaración de la Renta, presenta una autoliquidación complementaria por internet cuanto antes.

Hacer este trámite de forma voluntaria antes de que te llegue la carta de Hacienda te evitará la multa del 150% y solo tendrás que pagar un pequeño recargo por el retraso. Conserva toda esta documentación bien guardada durante al menos cuatro años por si el fisco te pide una revisión de los datos en el futuro.