Trabajadores con dos portátiles y dispositivo electrónico

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Ya ha entrado en vigor: la medida laboral que provoca un giro en las empresas españolas y afecta a cientos de trabajadores

El Estatuto de los Trabajadores obliga a las empresas a liquidar las cantidades pendientes aunque te vayas por tu propia decisión

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Muchos trabajadores creen que si se van por su propio pie no tienen derecho a cobrar nada. Es uno de los malentendidos más comunes en el mundo laboral y, en muchos casos, le cuesta dinero a quien lo asume sin comprobarlo.

El Estatuto de los Trabajadores es claro en este punto: cuando termina una relación laboral, da igual quién haya tomado la decisión. Las cantidades pendientes hay que liquidarlas siempre.

El finiquito no es solo para despidos

Que la salida voluntaria no genere indemnización es correcto. Pero eso no significa que el trabajador salga con las manos vacías.

El derecho a cobrar el finiquito existe con independencia de cómo termine el contrato. Si te vas tú o si te echan , la obligación de la empresa de cerrar las cuentas pendientes es exactamente la misma.

Qué incluye ese dinero

El finiquito no es un capricho legal ni un trámite burocrático. Es simplemente cobrar lo que ya se ha ganado y todavía no se ha recibido.

Dentro de esa liquidación final suelen estar los días trabajados del último mes que quedan pendientes de pago, las vacaciones generadas que no se han disfrutado y la parte proporcional de las pagas extra cuando no están prorrateadas en la nómina. También cualquier plus o complemento salarial que esté pendiente de abono.

Finiquito e indemnización no son lo mismo

Es el error más habitual y conviene dejarlo claro de una vez. Son dos conceptos distintos que no funcionan igual.

El finiquito es la liquidación de lo que la empresa debe al trabajador por el tiempo trabajado. La indemnización, en cambio, solo corresponde en situaciones concretas: despidos improcedentes, despidos objetivos o extinciones específicas que recoge la normativa. Quien presenta una salida voluntaria tiene derecho al primero, pero no a la segunda.

El preaviso, el detalle que pocos tienen en cuenta

Muchos convenios colectivos establecen un plazo de preaviso que el trabajador debe respetar cuando comunica su baja voluntaria. Si no se cumple ese plazo, la empresa puede descontar del finiquito los días que correspondan a ese incumplimiento.

Es un detalle que suele pasar desapercibido y que puede reducir la cantidad final. Antes de comunicar una salida, conviene revisar el convenio aplicable para saber exactamente cuántos días de antelación se exigen.

Lo que dice el Ministerio de Trabajo

Las guías publicadas por el Ministerio de Trabajo y Economía Social son explícitas: la liquidación debe abonarse siempre que termina la relación laboral, con independencia del motivo por el que se extinga el contrato.

Renunciar a un puesto no elimina los derechos económicos acumulados. La relación entre el trabajador y la empresa puede terminar por decisión del primero, pero la obligación legal de cerrar correctamente esa relación desde el punto de vista económico sigue siendo de la segunda.

Qué puedes hacer ahora

Si estás pensando en dejar tu trabajo o acabas de hacerlo, puedes revisar tu contrato y el convenio colectivo de tu sector para calcular qué cantidades te corresponden en concepto de finiquito.

Si la empresa se niega a pagarlo o no te entrega la liquidación, puedes reclamar ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de tu comunidad autónoma o consultar con un abogado laboralista para conocer tus opciones antes de firmar nada.