Trabajador con caja de oficina tras un despido laboral relacionado con el fin de su jornada de trabajo.

Trabajador con caja de oficina tras un despido laboral relacionado con el fin de su jornada de trabajo.

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Confirmado: se permite el despido si el trabajador se va cuando termina su jornada según la Ley Laboral

Los tribunales avalan el despido cuando el trabajador deja de trabajar antes de que acabe su turno, aunque salga a la hora exacta marcada en su contrato

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Salir del trabajo a la hora exacta es un derecho reconocido por la ley. Sin embargo, hay situaciones en las que esa puntualidad ha terminado en despido, y los tribunales lo han avalado. La línea que diferencia entre uno y otro escenario es más fina de lo que parece.

La clave no está en la hora de salida, sino en lo que ocurre justo antes. La Ley Laboral no penaliza salir puntual, pero sí permite sancionar a quien deja de trabajar antes de que termine su jornada para poder cruzar la puerta a tiempo.

La línea que marca la jurisprudencia

El Tribunal Supremo y distintos juzgados de lo social han tenido que pronunciarse en varias ocasiones sobre este tipo de conflictos. La pauta que han fijado es clara: el despido no se produce por la puntualidad en sí, sino por el abandono del puesto antes de que concluya el turno real de trabajo.

En los casos analizados, los empleados dejaban sus tareas varios minutos antes de la hora oficial para cambiarse de ropa, recoger sus pertenencias o preparar la salida. Aunque cruzaban la puerta justo a su hora, en la práctica estaban reduciendo su tiempo efectivo de trabajo.

Los jueces han considerado que esa conducta supone un incumplimiento del contrato, ya que el trabajador cobra una jornada completa sin haberla completado de forma íntegra.

Cuándo el despido es procedente

Para que un despido por esta causa sea declarado procedente, la empresa debe demostrar de forma objetiva que el empleado recortaba su tiempo de trabajo de manera deliberada y reiterada.

No basta con una queja puntual ni con una percepción subjetiva del responsable. La jurisprudencia exige que exista una conducta acreditada, con impacto real en el servicio o en el cumplimiento de las obligaciones del puesto.

En sectores donde los turnos se encadenan, como sanidad, vigilancia o atención al público, el abandono del puesto antes de tiempo puede dejar sin cobertura a usuarios o compañeros, lo que refuerza la justificación del despido.

Lo que la ley sí protege

Ningún trabajador está obligado a prolongar su jornada ni a realizar horas extra sin compensación. El derecho a marcharse a la hora pactada en el contrato es incuestionable y la empresa no puede exigir lo contrario.

Lo que la normativa laboral no ampara es reducir el tiempo de trabajo efectivo bajo la apariencia de cumplir el horario. Trabajar hasta el último minuto del turno forma parte de la obligación contractual básica, y no hacerlo puede derivar en una sanción disciplinaria o, en los casos más graves, en un despido.

El papel del fichaje en estos conflictos

En un contexto donde los sistemas de control horario son cada vez más habituales y precisos, este tipo de conductas resultan más fáciles de acreditar por parte de la empresa.

El registro de entrada y salida puede mostrar que el trabajador ficha a su hora, pero las cámaras, los registros de actividad o el testimonio de compañeros pueden demostrar que dejó de atender sus funciones con anterioridad. Esa combinación de pruebas ha sido determinante en varios casos que han acabado en los tribunales con el despido declarado procedente.

Qué puedes hacer ahora

Si tienes dudas sobre cómo se aplica esta norma en tu empresa, puedes consultar tu contrato y el convenio colectivo de tu sector para conocer qué se considera tiempo de trabajo en tu caso concreto.

En caso de haber recibido una sanción o un despido por este motivo, puedes acudir a un abogado laboralista o al servicio de orientación jurídica de tu sindicato para valorar si la decisión de la empresa se ajusta a lo que establece la jurisprudencia.