Salvador Illa y Alicia Romero, en el pleno del Parlament. EFE/Andreu Dalmau

Salvador Illa y Alicia Romero, en el pleno del Parlament. EFE/Andreu Dalmau

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Ya es oficial: deducción de hasta 500 euros en la Renta 2026 si vives de alquiler en Cataluña

En Cataluña, los menores de 35 años que viven del alquiler pueden deducirse hasta 500 euros en la renta individual o 1.000 euros en caso de que se haga conjunta

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Ya ha comenzado la Campaña de la Renta 2025-2026 en Cataluña, y son muchos contribuyentes los que aún no conocen si les tocará pagar o en caso contrario, les sale el resultado a devolver y será Hacienda quien le tenga que dar su cuantía correspondiente.

No obstante, para ello has de tener en cuenta las deducciones que debes añadir a la hora de confeccionar la renta del ejercicio 2025. Cabe destacar que las reducciones y bonificaciones dependen de cada comunidad autónoma, pudiendo llegar en algunos casos a ser casi del 100%.

En Cataluña, uno de ellos es el alquiler de la vivienda habitual, que permite aplicar una deducción del 10% de las cantidades satisfechas durante el período impositivo, siempre que el contribuyente se encuentre en determinadas situaciones personales.

Entre estas se incluyen tener 35 años o menos en la fecha de devengo del impuesto, haber estado en situación de desempleo durante al menos 183 días en el ejercicio, contar con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o ser viudo o viuda con 65 años o más.

Además, las entidades gestoras de la Seguridad Social deben facilitar la información necesaria para verificar los periodos de desempleo superiores a 183 días.

Cuantía máxima de deducción

En matrimonios sujetos al régimen económico de gananciales, cuando el contrato de arrendamiento esté únicamente a nombre de uno de los cónyuges, solo este podrá aplicar la deducción si cumple los requisitos establecidos.

Con carácter general, el límite máximo de esta deducción es de 500 euros anuales. No obstante, en caso de tributación conjunta, si alguno de los declarantes cumple las condiciones exigidas, dicho límite se amplía a 1.000 euros anuales.

Por otro lado, las familias numerosas y monoparentales también pueden beneficiarse de esta deducción, aplicando igualmente el 10% de las cantidades pagadas por el alquiler de la vivienda habitual, siempre que cumplan la condición correspondiente en la fecha de devengo del impuesto.

En estos casos, el límite máximo de la deducción será de 1.000 euros anuales. La consideración de familia numerosa o monoparental se determina conforme a la normativa específica aplicable.

Para poder aplicar esta deducción, es necesario que la suma de las bases imponibles general y del ahorro, una vez restado el mínimo personal y familiar, no supere los 30.000 euros en tributación individual o los 45.000 euros en tributación conjunta.