Habitación en piso compartido

Habitación en piso compartido EFE

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Ya ha entrado en vigor: Hacienda penaliza a los caseros que alquilen una habitación y no lo pongan en la declaración de la Renta

La Administración recuerda que los ingresos procedentes de esta actividad económica no son un dinero “informal” ni ajeno al fisco

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La dificultad para acceder a una vivienda sigue tensionando el mercado inmobiliario y empujando a muchas personas a buscar alternativas más asequibles.

En ese contexto, el alquiler de habitaciones se ha consolidado como una fórmula cada vez más habitual, tanto para quienes necesitan reducir gastos como para los propietarios que buscan obtener un ingreso extra.

Pero esta práctica, aunque frecuente, no queda fuera del radar fiscal: Hacienda recuerda que debe declararse correctamente en la Renta y que omitirla puede salir caro.

El punto clave está en que los ingresos procedentes del alquiler de una habitación no son un dinero “informal” ni ajeno al fisco.

Obligaciones fiscales

Al contrario, deben integrarse en la declaración como rendimientos del capital inmobiliario, salvo en los casos en que la gestión del alquiler se convierta realmente en una actividad económica, algo que solo ocurre cuando existe una persona contratada a jornada completa para llevarla a cabo.

En el resto de supuestos, el propietario está obligado a declarar esos ingresos y a calcular bien los gastos deducibles.

Qué pasa si no se declara

La advertencia no es menor. Si el arrendador no refleja correctamente lo que percibe por la habitación alquilada, puede perder una ventaja fiscal relevante: la reducción del 50% sobre el rendimiento neto positivo.

A ello se suman posibles regularizaciones, recargos e incluso sanciones económicas si la Agencia Tributaria detecta irregularidades durante sus comprobaciones. Dicho de otro modo: no declarar bien este ingreso puede traducirse en una factura mucho más alta de la prevista.

La posibilidad de aplicar esa reducción del 50% no es automática. Según el criterio respaldado por la Dirección General de Tributos, solo puede aplicarse cuando la habitación se alquila para vivienda habitual y permanente del inquilino.

Quedan fuera de este tratamiento los arrendamientos turísticos o de temporada, así como aquellos casos en los que se prestan servicios propios de la hostelería.

Cuándo se puede aplicar la reducción

Es decir, si el propietario ofrece limpieza periódica, cambio de sábanas, comidas u otros servicios similares a los de un alojamiento hotelero, la situación fiscal cambia y ya no se aplican las deducciones típicas del alquiler de vivienda.

En estos casos, Hacienda puede entender que la actividad tiene otra naturaleza y exigir un tratamiento distinto.

Ventajas de declarar

Además, para poder beneficiarse de la reducción, el rendimiento neto debe ser positivo. Esto significa que, tras restar a los ingresos brutos los gastos deducibles, debe quedar una cantidad superior a cero.

También ayuda a reforzar la justificación fiscal contar con un contrato de arrendamiento mínimo anual y con el empadronamiento del inquilino en la vivienda, elementos que respaldan que se trata realmente de una residencia habitual.

Uno de los errores más frecuentes entre los propietarios es pensar que todos los gastos de la vivienda pueden deducirse al 100% si se alquila una habitación. No es así.

Hacienda solo permite deducir la parte proporcional correspondiente a la superficie efectivamente alquilada, incluyendo la habitación y, en su caso, las zonas comunes de uso compartido.

Gastos deducibles, pero solo en proporción

Para calcular ese porcentaje hay que tomar los metros cuadrados alquilados y dividirlos entre la superficie total de la vivienda.

Ese resultado será el que se aplique a gastos como el IBI, la comunidad, el seguro del hogar o los intereses de la hipoteca.

Contrato por escrito

Por tanto, deducir el total de esos gastos cuando solo se alquila una parte del inmueble supondría una deducción indebida y, si se detecta, puede dar lugar a una regularización.

La recomendación es clara: declarar los ingresos con el porcentaje correcto de gastos y conservar toda la documentación que permita justificar la operación. Facturas, recibos, contrato y justificantes de pago son piezas esenciales para evitar problemas posteriores.

Otro aspecto importante es la formalización del arrendamiento. Aunque los acuerdos verbales pueden parecer suficientes en el día a día, no ofrecen la misma seguridad jurídica ni fiscal que un contrato por escrito.

En caso de revisión por parte de Hacienda, la ausencia de un documento claro puede complicar la prueba de que el alquiler existía realmente y bajo qué condiciones. También conviene evitar los pagos en efectivo, ya que dificultan la trazabilidad de los ingresos.

Cómo pagar

Las transferencias bancarias o los medios electrónicos dejan rastro y facilitan la acreditación de las cantidades cobradas, algo especialmente útil si después hay que justificar la declaración presentada.

En cualquier caso, alquilar una habitación no es una actividad exenta de obligaciones fiscales: el propietario debe declarar correctamente los ingresos, calcular bien los gastos deducibles y asegurarse de que el contrato cumple los requisitos necesarios. Hacienda ya ha dejado claro que este tipo de alquiler no pasa desapercibido y no lo va a dejar pasar.