Vecinos en la azotea / Freepik

Vecinos en la azotea / Freepik

+Economía

Es oficial: la Ley de Propiedad Horizontal permite usar de forma privada la azotea común si se aprueba por unanimidad

Antes de usar la azotea, hay que recurrir a la ley, ya que si un vecino incumple las medidas acordadas, el presidente u otro propietario puede tomar medidas legales

Es oficial: no se puede instalar luz en una terraza privada de un edificio de vecinos, según la Ley de Propiedad Horizontal

Llegir en Català
Publicada

La vida en la comunidad no es sencilla. Cuando vives en un piso de 40 o 70 metros cuadrados, se puede quedar pequeño para reunirte con la familia o amigos. A ello se suma que la gran mayoría no cuentan con terraza privada, lo que dificulta aún más las reuniones.

Y, ahora con la llegada de la primavera, son muchos los que les apetece hacer una convivencia entre amigos o una simple barbacoa, pero no disponen de espacio. Muchos se preguntan sin este caso la azotea se puede utilizar de forma privada.

En este caso, para no hacer las cosas mal, es necesario acudir a las normas que regulan la convivencia en el bloque de piso, es decir, la Ley de Propiedad Horizontal y los Estatutos de la comunidad. Como el segundo, depende de cada comunidad; nosotros hemos recurrido a la ley.

Dicha ley, concretamente en el artículo 9.1, recoge que el vecino está obligado a "respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos".

En un principio no prohíbe el uso privativo, sino que se haga un correcto uso de las zonas sin afectar y molestar al resto del vecindario. Ahora bien, no es tan fácil como parece. Para hacer uso de la azotea, necesitas consultarlo con el resto de vecinos.

Según el artículo 17, en el apartado 6 lo deja bien claro: “Los acuerdos no regulados expresamente en este artículo, que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad, requerirán para su validez la unanimidad del total de los propietarios que, a su vez, representen el total de las cuotas de participación”.

Es decir, el propietario interesado necesita el voto a favor del resto de vecinos. En cambio, con solo uno que se niegue o no participe en la votación, ya no podrá usar esta zona de forma privada, aunque el resto esté de acuerdo. La mayoría simple o cualificada es válida para otros casos, pero no aplica en este.

Responsabilidad individual

En caso de que decidan hacer uso de la azotea de forma privada, el propietario que la ocupa es responsable de cualquier daño que se pueda producir, tanto en su vivienda como en zonas comunes o viviendas colindantes. En caso de incendio o daño por humo, será él quien deba asumir los costes, salvo que se demuestre que ha sido por una causa externa o ajena.

No obstante, si un vecino incumple las medidas acordadas, el presidente u otro propietario puede tomar medidas legales. Es entonces cuando entran en juego las indemnizaciones por daños y perjuicios.