Patinetes eléctricos / Joyor Scooter

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Confirmado por la DGT: el trámite de 8 euros que evitará multas de hasta 800 a los patinetes eléctricos

Tráfico impone un registro obligatorio, un seguro de responsabilidad civil y una matrícula para los Vehículos de Movilidad Personal

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La Dirección General de Tráfico (DGT) ha activado un nuevo paquete de normativas que impactará de lleno en la movilidad urbana. Las nuevas medidas ya no solo persiguen a los conductores de turismos tradicionales.

El reciente Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros impone un registro obligatorio para los Vehículos de Movilidad Personal (VMP). Esto obligará a miles de usuarios a regularizar sus patinetes eléctricos.

Seguro obligatorio y certificado

La normativa establece que los propietarios de patinetes que superen los 25 kilos de peso y los 14 km/h de velocidad deberán contratar un seguro de responsabilidad civil.

Además, los modelos vendidos antes del 22 de enero de 2024 tienen un periodo de gracia. Podrán circular sin el certificado oficial de la DGT únicamente hasta el próximo 22 de enero de 2027.

Multas de hasta 800 euros

Ignorar este nuevo marco legal saldrá muy caro. Las sanciones básicas por incumplir la normativa de los VMP oscilarán directamente entre los 202 y los 610 euros.

Según los datos del RACE, circular sin el seguro o el registro puede disparar la multa hasta los 800 euros. La cuantía final dependerá de si el vehículo se considera ligero o a motor.

Trámite y matrícula obligatoria

Inscribir el vehículo en el registro tiene un coste oficial de 8,67 euros. Al completar el trámite, Tráfico entregará al titular un número de placa y un certificado en formato PDF.

También se proporcionará una etiqueta física que deberá colocarse visiblemente en el patinete, actuando a todos los efectos como una matrícula. Los tutores legales deberán registrar por internet a los menores de edad.

Normas en Barcelona y otras ciudades

La DGT recuerda que ayuntamientos como el de Barcelona pueden regular la circulación, pero respetando siempre las condiciones mínimas estatales. La velocidad siempre deberá estar entre los 6 y los 25 km/h.

Está totalmente prohibido circular por la acera, zonas peatonales, autovías, túneles urbanos o carreteras interurbanas. Tráfico recuerda que en 2020 fallecieron ocho personas viajando en estos vehículos.

Bajas y patinetes sin motor

Los vehículos no electrificados podrán circular hasta 2027 sin número identificativo, pero sus dueños deberán declarar esta condición específica a la hora de realizar la inscripción en el registro.

Finalmente, para dar de baja un patinete eléctrico inscrito, el propietario deberá entregarlo primero en un punto limpio autorizado. Posteriormente, tendrá que notificar formalmente esta destrucción a la DGT.